PROGRAMA
ESTADUAL DE DERECHOS HUMANOS DE RIO
GRANDE DO NORTE
PEDH-RN
Documento final
producido a partir de la II Conferencia
Estadual de Derechos Humanos realizada
los días 17 y 18 de diciembre
de 1998 en Natal, RN
1.
De los Derechos Civiles y Políticos
1.5
- Niños y adolescentes
A CORTO PLAZO
70. Crear instituciones con todos los
recursos asistenciales previstos en
el Estatuto de la Niñez y Adolescencia
para permitir la atención a los
adolescentes que cometieran acto infraccional
en las proximidades de su región
de origen.
71.
Crear programas de apoyo a las familias
de adolescentes que cometieran acto
infraccional promoviendo la reintegración
social.
72.
Responsabilizar administrativa y judicialmente
a municipios y administradores por la
omisión o acción prejudicial
cuanto a la creación, implementación
y manutención de los Consejos
de Derechos y Tutelares, bien como por
la ejecución de las deliberaciones
de estos colegiados.
73.
Disponer recursos de los fondos DCA
para ONGs que trabajan con niños
y adolescentes.
74.
Promover el buen funcionamiento de los
Consejos de Derechos y de los Consejos
Tutelares de la Niñez y del Adolescente,
dando condiciones materiales a su existencia
y cumplimiento efectivo a sus decisiones.
75.
Estimular la creación y funcionamiento
de los consejos municipales de derechos
de la niñez y del adolescente.
76.
Desarrollar programas de orientación
familiar para la prevención de
la violencia domética e implementando
los dispositivos del Estatuto de la
Niñez y del Adolescente referentes
a la asistencia a familia, niños
y adolescentes en situaión de
riesgo, a travez del trabajo en conjunto
entre la sociedad civil y el Gobierno.
77.
Desarrollar un programa de combate a
la explotación sexual infanto-juvenil
que identifique y responsabilice criminalmente
a los integrantes de redes de explotación
sexual, incluyendo los establecimientis
del sector turístico y de los
medios de comunicación, buscando
combatir y erradicar la prostitución
infanto-juvenil.
78.
Desarrollar un programa de asistencia
y orientación a las adolescentes
prostitutas.
79.
Combatir el trabajo infantil en el Estado,
por medio de campañas de conscientización,
fiscalización y políticas
sociales compensatorias, garantizando
los derechos de los adolescentes previstos
en el Estatuto de la Niñez y
del Adolescente.
80.
Implementar campañas de divulgación
del Estatuto de la Niñez y del
Adolescente y de la legislación
que reglamenta el trabajo del adolescente,
dirigidas a la sociedad y particularmente
al empresariado del Estado.
81.
Crear programas oficiales y comunitarios
de auxilio a las familias de adolescentes
que necesitan de protección especial.
82.
Conceder incentivos fiscales para empresas
que apoyen proyectos de ONGs que trabajan
en defensa de los derechos de niños
y adolescentes en situación de
riesgo.
83.
Revitalizar espacios como la Ciudad
de la Niñez y el Parque de las
Dunas, realizando un forum de discusión
con base en el art. 59 del Estatuto
de la Niñez y del Adolescente.
84.
Incentivar, en los programas de atención
prenatal, la inclusión de orientación
preventiva sobre la violencia doméstica
contra niños y adolescentes.
A
MEDIANO PLAZO
85. Creación de centros integrados
de atención psicosocial, SOS
Niñez y Consejos Tutelares.
86.
Implementar los Consejos y Fondos Municipales
de Asistencia Social y elaborar planos
municipales de asistencia social priorizando
la atención a los niños,
adolescentes, ancianos y portadores
de deficiencias.
87.
Crear albergues en las principales ciudades
del Estado o en aquellas que presentan
demanda, para la atención y asistencia,
incluyendo orientación psico-pedagógica
y profesional a la niñez y al
adolescente en situación de calle.
88.
Crear e implantar comisarías
especializadas en la atención
de la Niñez y del Adolescente.
89.
Crear centros regionales de tratamiento
y recuperación para la niñez
y adolescente usuarios de drogas, con
atención especializada e internación.
90.
Desarrollar programas de prevención
ya sea para formar y capacitar personal
para trabajar con niños y adolescentes
usuarios de drogas.
91.
Elaborar una política estadual
de profesionalización para adolescentes
carenciados.
92.
Crear centros comunitarios de referencia
para los pequeños y pequeñas
en situación de calle, que posibilite
el rescate de su lado lúdico
a travez de cursos de arte y cultura,
en una permanente comunicación
entre Gobierno Federal, Estadual y Municipal;
y Sociedad Civil.
A
LARGO PLAZO
93. Combatir la estigamatización
de delicuente y marginal del niño
y del joven pobres, habitantes de barrios
populares.
94.
Recomendar a los Consejeros de Derechos,
la realización de conferebcias
municipales y estaduales, bianuales,
de los derechos de la niñez y
del adolescente.
95.
Dotar a todos los puestos de salud,
hospitales y comisarías de la
mujer y del adolescente, de profesionales
capaces y calificados para atender niños,
adolescentes y mujeres víctimas
de toda especie de violencia o involucrados
con delincuencia juvenil.
96.
Incentivar la comunicación entre
escuela, familia y comunidad para lidiar
con el tráfico y consumo de.
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