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6.     TABLAS DE EVALUACIÓN COMPARATIVA DE PROCEDIMIENTOS INTERNACIONALES

 

Tabla 33: Evaluación comparativa I - CCT, CDH y CEDR (General)

 

CCT

CDH

CEDR

 

pie

pi

prp

pie

prp

pie

prp

¿Hasta qué punto el mecanismo es adecuado para:

 

 

 

 

 

 

 

Þ Llamar la atención hacia una situación?

 

 

 

 

 

 

 

·       ¿El procedimiento es público?

S

N

N

S

N

S

N

·       ¿Los resultados son públicos?

S

es posible

S

S

S

S

S

·       ¿Puede el mecanismo llevar a cabo visitas para esclarecer los hechos?

N

S

N

N

N

N

N

·       ¿Los resultados de estas visitas son abiertos al público?

-

es posible

-

-

-

-

-

Þ ¿Buscar cambios en una situación general?

 

 

 

 

 

 

 

·       ¿Puede el mecanismo hacer recomendaciones de naturaleza general o sistemática?

S

S

S

S

N

S

N

·       ¿El estado está jurídicamente obligado a cumplir estas recomendaciones?

N

N

N

N

-

N

-

·       ¿Los estados suelen cumplirlas?

depende

S

preceden-tes insufi-cientes

depende

-

depende

-

·       ¿Tiene el mecanismo un método de seguimiento?

informe siguien-te

no, pero podría si hubiera fundamentos en cada caso

no, pero no se descarta

en creación

-

informe siguien-te

-

·       ¿Hay alguna sanción especial que el mecanismo pueda imponer a los estados que no colaboren?

N

puede publicar un resumen de resultados

N

N

-

N

-


Þ ¿Buscar soluciones jurídicas particulares?

 

 

 

 

 

 

 

De un mecanismo de denuncia:

 

 

 

 

 

 

 

Publicidad de un proceso particular en el contexto de una situación general

 

 

 

 

 

 

 

Prevención de la deportación

 

 

 

 

 

 

 

·       ¿Puede el mecanismo hacer recomendaciones en procesos particulares?

N

sí, aunque no lo hace a menudo

 

N

 

N

 

·       ¿El estado está obligado jurídicamente a cumplir estas recomendaciones?

_

N

 

_

 

_

 

·       ¿Los estados suelen cumplirlas?

_

S

 

_

 

_

 

·       ¿Tiene el mecanismo un método de seguimiento para los procesos particulares?

-

N

 

N

 

N

 

·       ¿Se dispone de medidas urgentes?

-

S

 

N

 

N

 

·       ¿Está un estado jurídicamente obligado a cumplir estas medidas?

-

N

 

 

 

 

 

·       ¿Los estados suelen cumplirlas?

-

S

 

 

 

 

 

 

Clave: CCT = Comité contra la Tortura; CDH = Comité de las Naciones Unidas de Derechos Humanos; CEDR = Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial; PIE = Procedimiento de informe estatal ; IP = Procedimiento de investigación ; PRC = Procedimiento de reclamación particular; S = Sí; N = No


Tabla 34: Evaluación comparativa II - CDN, CEDM, EE-CDH y 1503 (General)

 

CDN

CEDM

EE-CDH

1503

 

pie

pie

com

eh

com

¿Hasta qué punto el mecanismo es adecuado para:

 

 

 

 

 

Þ Llamar la atención hacia una situación?

 

 

 

 

 

·       ¿El procedimiento es público?

S

S

N

N

N

·       ¿Los resultados son públicos?

S

S

S

S

no, pero el hecho de que un estado esté siendo analizado es público

·       ¿Puede el mecanismo llevar a cabo visitas para esclarecer los hechos?

N

N

N

S

sí, aunque no acostumbra a utilizar esta opción

·       ¿Los resultados de estas visitas son abiertos al público?

-

-

-

S

N

Þ ¿Buscar cambios en una situación general?

 

 

 

 

 

·       ¿Puede el mecanismo hacer recomendaciones de naturaleza general o sistemática?

S

S

S

S

sí, pero de modo confidencial

·       ¿El estado está jurídicamente obligado a cumplir estas recomendaciones?

N

N

N

N

N

·       ¿Los estados suelen cumplirlas?

depende

depende

depende

a menudo

depende

·       ¿Tiene el mecanismo un método de seguimiento?

informe siguiente

informe siguiente

permite el diálogo posterior

diálogo de segui-miento

puede continuar el estudio de un estado hasta el año siguiente

·       ¿Hay alguna sanción especial que el mecanismo pueda imponer a los estados que no colaboren?

N

N

N

puede hacer una declaración al presentar el informe a la CDH

puede pasar a procedimiento público, lo cual implica nombrar un Relator especial


Þ ¿Buscar soluciones jurídicas particulares?

 

 

 

 

 

De un mecanismo de denuncia:

 

 

 

 

 

Publicidad de un proceso particular en el contexto de una situación general

 

 

 

 

 

Prevención de la deportación

 

 

 

 

 

·       ¿Puede el mecanismo hacer recomendaciones en procesos particulares?

N

N

S

S

 

·       ¿El estado está obligado jurídicamente a cumplir estas recomendaciones?

_

_

N

N

 

·       ¿Los estados suelen cumplirlas?

_

_

depende

con regularidad

 

·       ¿Tiene el mecanismo un método de seguimiento para los procesos particulares?

N

N

oportunidad para que la fuente la réplica del estado

permite el diálogo posterior

 

·       ¿Se dispone de medidas urgentes?

N

N

S

S

 

·       ¿Está un estado jurídicamente obligado a cumplir estas medidas?

-

-

N

N

 

·       ¿Los estados suelen cumplirlas?

-

-

con regularidad

con regularidad

 

 

Clave: CDN = Convenio de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño ; CEDM = Comisión para la Eliminación de la Discriminación de la Mujer ; 1503 = Procedimiento 1503; RE-CDN = Relatores especiales /Grupos de Trabajo /Expertos independientes /Representantes especiales de la Comisión de la ONU sobre Derechos Humanos ; PIE = Procedimiento de informe estatal ; EH =Esclarecimiento de los hechos; COM = procedimiento de comunicado; S = Sí; N = No


 

Tabla 35: Evaluación Comparativa III - CPT, CIADH y TIADH (General)

 

CPT

CIADH

TIADH

 

eh

efh

prp

prp

¿Hasta qué punto el mecanismo es adecuado para:

 

 

 

 

Þ Llamar la atención hacia una situación?

 

 

 

 

·       ¿El procedimiento es público?

N

N

N

N

·       ¿Los resultados son públicos?

ver esclarecimiento de los hechos

Ver esclarecimiento de los hechos

no automática-mente

S

·       ¿Puede el mecanismo llevar a cabo visitas para esclarecer los hechos?

S

S

S

S

·       ¿Los resultados de estas visitas son abiertos al público?

sólo si el estado acepta su publicación. En la mayoría de casos así es

Normalmente

no automática-mente

se relacionan en la sentencia

Þ ¿Buscar cambios en una situación general?

 

 

 

 

·       ¿Puede el mecanismo hacer recomendaciones de naturaleza general o sistemática?

S

S

S

S

·       ¿El estado está jurídicamente obligado a cumplir estas recomendaciones?

N

N

N

S

·       ¿Los estados suelen cumplirlas?

S

depende

depende

S

·       ¿Tiene el mecanismo un método de seguimiento?

visitas de seguimiento y diálogo constante

visitas de seguimiento

puede pedir ser informado de los pasos realizados

puede pedir ser informado de los pasos realizados

·       ¿Hay alguna sanción especial que el mecanismo pueda imponer a los estados que no colaboren?

declaración pública

N

informe público/relacio-nado en el tribunal

N


Þ ¿Buscar soluciones jurídicas particulares?

 

 

 

 

De un mecanismo de denuncia:

 

 

 

 

Publicidad de un proceso particular en el contexto de una situación general

 

 

 

 

Prevención de la deportación

 

 

 

 

·       ¿Puede el mecanismo hacer recomendaciones en procesos particulares?

S

S

 

 

·       ¿El estado está obligado jurídicamente a cumplir estas recomendaciones?

N

N

 

 

·       ¿Los estados suelen cumplirlas?

S

depende

 

 

·       ¿Tiene el mecanismo un método de seguimiento para los procesos particulares?

puede ser

puede investigar sobre el proceso

 

 

·       ¿Se dispone de medidas urgentes?

puede ser

S

 

 

·       ¿Está un estado jurídicamente obligado a cumplir estas medidas?

N

N

 

 

·       ¿Los estados suelen cumplirlas?

S

depende

 

 

 

Clave: CPT = Comité Europeo para la Prevención de la Tortura ; CIADH = Comisión Interamericana de Derechos Humanos ; TIADH = Tribunal Interamericano de Derechos Humanos; EH= Esclarecimiento de los hechos; PRP = procedimiento de reclamación particular; S = Sí; N = No

 

Tabla 36: Evaluación comparativa IV - CNADH y EEP (General)

 

CNADH

EEP

 

pde

eh/es

prp

eh

com

¿Hasta qué punto el mecanismo es adecuado para:

 

 

 

 

 

Þ Llamar la atención hacia una situación?

 

 

 

 

 

·       ¿El procedimiento es público?

S

N

N

N

N

·       ¿Los resultados son públicos?

S

a menudo

adjunto al informe anual de CNADH

S

S

·       ¿Puede el mecanismo llevar a cabo visitas para esclarecer los hechos?

-

S

en relación con grupos de reclama-ciones

S

S

·       ¿Los resultados de estas visitas son abiertos al público?

-

a menudo, pero puede haber grandes retrasos

puede ser

sí, pero puede haber retraso en la publicación

sí, pero puede haber retraso en la publicación

Þ ¿Buscar cambios en una situación general?

               

 

 

 

 

·       ¿Puede el mecanismo hacer recomendaciones de naturaleza general o sistemática?

S

S

sí si se trata de una "situación"

S

sí, si se trata de una "situación"

·       ¿El estado está jurídicamente obligado a cumplir estas recomendaciones?

N

N

N

N

N

·       ¿Los estados suelen cumplirlas?

a veces

a veces

a veces

a veces

a veces

·       ¿Tiene el mecanismo un método de seguimiento?

informe estatal siguiente

puede dejar el tema pendiente

posiblemen-te a través de la OUA

misiones de seguimiento

no se excluye

·       ¿Hay alguna sanción especial que el mecanismo pueda imponer a los estados que no colaboren?

N

N

N

N

N


Þ ¿Buscar soluciones jurídicas particulares?

 

 

 

 

 

De un mecanismo de denuncia:

 

 

 

 

 

Publicidad de un proceso particular en el contexto de una situación general

 

 

 

 

 

Prevención de la deportación

 

 

 

 

 

·       ¿Puede el mecanismo hacer recomendaciones en procesos particulares?

N

S

 

S

S

·       ¿El estado está obligado jurídicamente a cumplir estas recomendaciones?

-

N

 

N

N

·       ¿Los estados suelen cumplirlas?

-

a veces

 

a veces

a veces

·       ¿Tiene el mecanismo un método de seguimiento para los procesos particulares?

-

N

 

N

no se excluye

·       ¿Se dispone de medidas urgentes?

-

S

 

S

S

·       ¿Está un estado jurídicamente obligado a cumplir estas medidas?

-

N

 

N

N

·       ¿Los estados suelen cumplirlas?

-

a veces

 

a veces

a veces

 

Clave: CNADH = Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos ; EEP = Relator Especial sobre Prisiones y Condiciones de Detención en África; PIE= Procedimiento de Informe Estatal ; EH = Esclarecimiento de los hechos; ES= Estudio exhaustivo; PRP= Procedimiento de reclamación particular; COM = Procedimiento de comunicado; S =Sí; N = No


Tabla 37: Evaluación comparativa IV - CCT, CDH y CEDR (procedimiento de reclamación particular)

 

CCT

CDH

CEDH

¿Hasta qué punto el mecanismo es adecuado para:

 

 

 

Þ Buscar soluciones jurídicas particulares?

 

 

 

A partir de un procedimiento de reclamación:

 

 

 

Fallo de violación

S

S

S

Evitar la deportación

S

S

potencialmente

·       ¿Qué tipo de reparación , en su caso, se puede conceder?

indicación de intervención necesaria para restablecer el cumplimiento

indicación de intervención necesaria para restablecer el cumplimiento

indicación de intervención necesaria para restablecer el cumplimiento

·       ¿Los estados están jurídicamente obligados a aceptar la decisión final?

N

N

N

·       ¿Los estados suelen cumplirla?

normalmente

depende

depende

·       ¿Hay alguna manera de hacer cumplir el fallo?

no, pero se puede pedir estar al corriente de los pasos adoptados

N

N

·       ¿Existen medidas urgentes o provisionales?

S

S

S

·       ¿El estado está jurídicamente obligado a aceptar estas medidas?

N

N

N

·       ¿Los estados las suelen aceptar?

normalmente

S

S

 

Clave: CCT = Comité contra la Tortura; CDH: Comité de las Naciones Unidas de Derechos Humanos; CEDR = Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial.

Tabla 38: Evaluación Comparativa V - TEDH, CIADH, TIADH y CNADH (procedimiento de reclamación particular)

 

TEDH

CIADH

TIADH

CNADH

¿Hasta qué punto el mecanismo es adecuado para:

 

 

 

 

Þ Buscar soluciones jurídicas particulares?

 

 

 

 

A partir de un procedimiento de reclamación:

 

 

 

 

Fallo de violación

S

S

S

S

Evitar la deportación

S

S

S

S

·       ¿Qué tipo de reparación , en su caso, se puede conceder?

puede incluir compensación económica

-

puede incluir compensación económica y otras soluciones menos tradicionales

-

·       ¿Los estados están jurídicamente obligados a aceptar la decisión final?

S

N

S

N

·       ¿Los estados suelen cumplirla?

S

depende

S

a veces

 

·       ¿Hay alguna manera de hacer cumplir el fallo?

puede decidirlo la Comisión de Ministros

no, aunque la posibilidad de remisión al Tribunal o la publicación del fallo puede motivar su cumplimiento

se puede hacer desde los tribunales nacionales

N

·       ¿Existen medidas urgentes o provisionales?

S

S

S

S

·       ¿El estado está jurídicamente obligado a aceptar estas medidas?

N

N

S

N

·       ¿Los estados las suelen aceptar?

S

depende

S

a veces

Clave: TEDH = Tribunal Europeo de Derechos Humanos ; CIADH = Comisión Interamericana de Derechos Humanos ; TIADH = Tribunal Interamericano de Derechos Humanos ; CNADH = Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos

 
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