B. Garantías institucionales internas
Entre las garantías normativas cabe señalar:
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Ante todo el reconocimiento constitucional del derecho a la vida.
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Otra garantía normativa consiste en la prohibición expresa
en las normas constitucionales del delito de genocidio, así como
el carácter imprescriptible del mismo. Así, el artículo
5 de la Constitución del Paraguay de 22 de Junio de 1992 establece
en el párrafo 2º:
El genocidio y la tortura, así como la desaparición
forzada de personas, el secuestro y el homicidio por razones políticas
son imprescriptibles.
Goza en los sistemas jurídicos constituidos en forma de Estado
de Derecho de todas las garantías institucionales, tanto jurisdiccionales
como no jurisdiccionales.