Las garantías religiosas consisten en la acción - doctrinal y social- de las diversas religiones como instrumento puesto al servicio de la liberación del hombre.
Los caracteres básicos de las garantías religiosas son los siguientes:
Coincidencia doctrinal
En el fondo del mensaje religioso de todas las grandes religiones existentes (cristianismo, judaísmo, mahometismo, budismo, confucionismo, hinduismo...) existe una referencia central a la dignidad de la persona humana y de realización de lo humano. Por tanto se puede afirmar que doctrinalmente todas las religiones defienden los Derechos Humanos.
Contradicción en la acción social
Las religiones, en cuanto que sistemas de poder social institucionalizado, han cumplido históricamente, y siguen cumpliendo, una doble función social: en unos casos, una función de garantía de los Derechos Humanos y una función, y en otros casos, de negación de los Derechos Humanos.
En el primer caso se pueden situar aquellas actuaciones religiosas que, a partir de una interpretación liberadora de las doctrinas religiosas, se opone a aquellas formas de poder social que niegan la dignidad de la persona humana.
En el segundo caso se pueden situar aquellas formas de actuación religiosa que, a partir de una interpretación alienante de las doctrinas religiosas se asocian o colaboran con los poderes sociales dominantes - especialmente colaborando con el poder del Estado- al servicio de intereses hegemónicos que suponen la negación de la dignidad de la persona humana(22).
Una manifestación importante actual del primer tipo de actuación religiosa la podemos encontrar, dentro del cristianismo, en la Teología de la Liberación.
"La Teología de la Liberación -nos dice Gustavo Gutiérrez, uno de sus máximos representantes-, nos propone no tanto un tema para la reflexión, cuanto una manera de hacer teología. La teología como reflexión crítica de la praxis histórica es así una teología liberadora, una teología de la transformación liberadora de la historia de la humanidad y, por ende, también, de la porción de ella -reunida en Ecclesia- que confiesa abiertamente a Cristo.Una teología que no se limita a pensar el mundo, sino que busca situarse como un momento del proceso a través del cual el mundo es transformado: abriéndose en la protesta ante la dignidad humana pisoteada, en la lucha contra el despojo de la inmensa mayoría de los hombres, en el amor que libera, en la construcción de una nueva sociedad"(23).
También la jerarquía de la Iglesia Católica, sobre todo a partir del papado de Juan XXIII, ha actuado progresivamente a favor del reconocimiento de los Derechos Humanos en el mundo. Esa acción la ha realizado a través de varias vías:
Mediante declaraciones de Derechos Humanos. Entre ellas están las siguientes:
Los radiomensajes de Navidad de Pio XII.
Las diversas encíclicas papales, como las de Juan XXIII (Pacem in Terris, de 1963...), de Pablo VI (Populorum Progressio, de 1967...),de Juan Pablo II (Laborem Exercens...).
La Declaración "Dignitatis Humanae" sobre la libertad religiosa, promulgada el 7 de Diciembre de 1965. y otras Declaraciones y textos del Concilio Vaticano II...
Mediante la presencia de la Santa Sede en Conferencias Internacionales de Derechos Humanos, como la de Teherán o la del Helsinki...
Mediante la actuación diplomática interviniendo a favor de la vida de determinadas personas condenadas a muerte o de personas detenidas e ingresadas en campos de concentración, como sucedió por ejemplo con una serie de detenidos en el campo de concentración de Tejas Verdes, bajo la dictadura chilena del general Pinochet.
Mediante la actuación de las Comisiones Episcopales y otras comisiones, como la denominada "Justicia y Paz".... Sin embargo, desde diversos sectores de la Iglesia católica se esta planteando la necesidad de una acción de autocrítica dentro del seno de la jerarquía eclesiástica a efectos de poder reconocer los Derechos Humanos no ya sólo por parte de la Iglesia, sino también dentro de la Iglesia: el derecho a la libertad de conciencia, los derechos de la mujer, el derecho de asociación, el derecho a la libertad de expresión, el derecho a la libertad de cátedra....(24).
Una vía importante para superar la actuación de las religiones como instrumentos de poder contra los Derechos Humanos es la que empezó a materializarse en el Congreso de la UNESCO celebrado en París, los días 8 al 10 de febrero de 1989, cuya formulación programática afirmaba: "Imposible la paz mundial sin una paz religiosa".
Los representantes de las principales religiones llegaron a un comienzo de consenso basándose en los siguientes puntos(25):
Rechazo del principio de la autonomía de lo humano como superestructura impuesta a las religiones concretas. En consecuencia, se afirma rotundamente que lo humano tiene su raíz en lo absoluto, en una suprema y ultima realidad de contenido religioso.
Autocrítica como presupuesto para el diálogo religioso. En virtud de ese diálogo se trata de evitar que, en nombre de las religiones se sigan conculcando los derechos del hombre, se fomente la violencia y el odio, se desvirtúe la paz y se extienda la destrucción.
La educación del hombre para la humanidad y para la paz exige a las religiones un compromiso de acción.
Posibilidad de fundamentar la humanidad desde las respectivas tradiciones religiosas.