Anterior Siguiente
La negociación colectiva sindical
DEFINICION

La negociación colectiva se define como el conjunto de relaciones y procesos de acercamiento y diálogo en cuyo seno la autonomía colectiva de los grupos antagonistas sociales (organizaciones de trabajadores y empresarios) produce el convenio colectivo. (36)

El convenio colectivo, por su parte, se define de la siguiente forma:

Todo acuerdo escrito relativo a las condiciones de trabajo y de empleo, celebrado entre un empleador,un grupo de empleadores o una o varias organizaciones de empleadores, por una parte, y por otra, una o varias organizaciones representativas de trabajadores o , en ausencia de tales organizaciones, representantes de los trabajadores interesados, debidamente elegidos y autorizados por estos últimos de acuerdo con la legislación nacional." (37)

CARACTERES

Anterior Siguiente