B. Concepto
La protección de la población civil en conflictos armados
internacionales y no internacionales se realiza actualmente mediante un
conjunto de normas que tienen por finalidad, respecto de la población
civil:
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Evitar la existencia de víctimas.
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Garantizar el respeto del derecho a la vida.
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Garantizar su dignidad, libertad e integridad
-
Asegurar el apoyo y socorro a la población civil dentro de la guerra.
El profesor Javier Sanchez del Río Sierra habla de sistemas de prevención
y corrección y entre éstos las acciones de apoyo a la población
civil.
a) Entre los primeros encontramos el sistema preventivo jurídico,
que corresponde a medidas tendientes a la creación de zonas geográficas
de protección y que son de cuatro tipos:
-
Zonas sanitarias y de seguridad
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Zonas neutralizadas
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Localidades no definidas
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Zonas desmilitarizadas.
b) El segundo sistema preventivos de carácter táctico, que
implica que las decisiones en el desarrollo de las estrategias militares
de la guerra, tenga cierto tipo de restricciones en favor de la población
civil, que cobija una normatividad sobre ataques y prohibiciones especiales.
También existe un grupo de normas que tiende a proteger los derechos
individuales de los heridos, enfermos y náufragos y de la población
civil en territorios ocupados y de extranjeros en el territorio enemigo.
Finalmente las acciones de apoyo y socorro a la población civil
y protección de quienes ejercen esa labor. Las normas protectoras
son: el IV Convenio de Ginebra de 1949 y los Protocolos Adicionales de
1977.