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B11.1.7. LA PROTECCION DE LOS BIENES DE LA PERSONALIDAD A TRAVES DE LAS LEYES PENALES

Determinadas infracciones del deber de respeto a los derechos fundamentales y de los bienes de la personalidad que constituyen su objeto - aquellos que son esenciales para la comunidad-, se tipifican como conductas sancionadas en los códigos penales de los diversos sistemas jurídicos. Lo cual implica -además de la correspondiente pena- una responsabilidad civil (obligación de reparar el daño causado mediante indemnización).

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