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Objeto
El objeto del derecho a la educación es la educación misma.
Con "educación" se alude a lo que los científicos sociales llaman el proceso de enseñanza-aprendizaje.
Para el pedagogo brasileño Paulo Freire, hay dos concepciones diferentes de educación, que se inspiran en sendas etimologías antagónicas. Una parte del "ducere" guiar, según la cual la enseñanza es una mera transmisión unidireccional de conocimientos desde el educador al educando. La otra, a partir del "educere" o sacar, alude a una enseñanza dialógica y crítica donde al plantear problemas comunes puede darse una complementación dialéctica entre el educador-educando y el educando-educador.
Consideramos que el primer modelo, el unidireccional, es propicio para actitudes autoritarias desde el docente, mientras que sólo el segundo garantiza actitudes participativas tanto del docente como del estudiante. Es esa bidireccionalidad del diálogo lo que hace a este modelo más propio de un sistema democrático. Para ser válida toda educación debe ir precedida de una reflexión sobre el hombre y un análisis del medio de vida concreto del hombre concreto a quien uno quiere ayudar a que se eduque(6).
Ahora bien, la educación en cuanto que objeto de este derecho debe tener una serie de características: Dentro de la educación, en cuanto que objeto del derecho del mismo nombre, se comprende o encierra (artículo 1.2 de la Convención Relativa a la Lucha contra las discirminaciones en la esfera de la Enseñanza, de la UNESCO, de 14 de Diciembre de 1960):

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