Las declaraciones constitucionales se definen como el reconocimiento formal por parte de los textos legales constitucionales contemporáneos, de los derechos humanos como derechos fundamentales, en cuanto concreción positivizada de aquellos, y de sus correspondientes garantías.
Sus características fundamentales son las siguientes:
Toman como modelo, o al menos como referencia, como ya se ha indicado, a la Declaración Universal de Derechos Humanos.
Tienden a tomar de otros textos constitucionales, a través del derecho comparado, definiciones, formas de regulación y garantías de los derechos humanos. Existe, pues, una clara influencia de unos textos constitucionales sobre otros. Lo cual demuestra la naturaleza expansiva de los derechos humanos.
Tienden a ir ampliando el catálogo de derechos reconocidos.Lo cual demuestra también la naturaleza expansiva de los derechos humanos.
Tienden a ir ampliando el catálogo de garantías reconocidas. Lo cual demuestra la naturaleza expansiva de las garantías de los derechos humanos.
Realizan un reconocimiento generalizado de los derechos económicos, sociales y culturales, aunque sin una garantía generalizada y en un plano de igualdad respecto de los derechos civiles y políticos. Como ejemplo puede citarse entre otras muchas constituciones, la Constitución española de 1978.
Establecen un incipiente reconocimiento, aún muy débil, de los derechos de la tercera generación, también denominados derechos de solidaridad y derechos de los pueblos.
Por la forma en que se reconocen los derechos por parte de las constituciones, aquellas pueden clasificarse en tres grupos distintos (26):
Las que reconocen de una forma genérica, a través de una "lex generalis" los derechos humanos, esto es, a través del enunciado de grandes principios, como la libertad, la igualdad o la dignidad humana.
Las que reconocen los derechos a través de un sistema de "leges speciales", que proclaman concretos derechos humanos.
Las que utilizan un sistema mixto; esto es, aquellas que establecen junto al enunciado de grandes principios o postulados sobre los derechos fundamentales, generalmente en el Preámbulo, un catálogo de concretos derechos en la parte dispositiva de la Constitución. Tal es el sistema de la Constitución española de 1978.
Especialmente interesantes, desde la perspectiva actual de los derechos humanos, son las Constituciones que han sido promulgadas a partir de la segunda guerra mundial.
Son muchos los textos constitucionales promulgados en este período. Cabe destacar, entre otros, a la Constitución portuguesa, de 1976 y la Constitución española de 1978, la Constitución de la República del Paraguay, de 20 de Junio de 1992...