Fundamento
El fundamento último del derecho a la cultura radica, como en
todos los Derechos Humanos sin excepción en la dignidad de la persona
humana. El fundamento inmediato o directo de este derecho radica en la
proyección colectiva de esa dignidad: la dignidad y el valor intrínseco
que toda cultura encierra. Así lo reconoce el artículo I.
1 de la Declaración de los Principios de la Cooperación Cultural
Internacional, proclamada en París el 4 de Noviembre de 1966 por
la Conferencia General de la UNESCO en su XIV reunión, cuando afirma:
Toda cultura tiene una dignidad y un valor que deben ser respetados
y protegidos.