Concepto
El concepto "derecho a la cultura" es relativamente nuevo.
La cultura, en el pasado, se entendía aquello que se adecuaba
a valores de determinadas élites.
Sin embargo la cultura, que en su origen etimológico alude a
"cultivo", es todo el lo que los hombres y las mujeres que personalmente
o en cuanto forman parte de un pueblo hacen, modificando la naturaleza,
de acuerdo a ciertos valores y actitudes que los identifican. De tal modo
que hablar del "derecho a la cultura" podría ser una forma de aludir
el conjunto de todos los Derechos Humanos, porque tanto es cultura la libre
expresión como el trabajo, la participación política
como la salud o la autodeterminación de cada pueblo. Es más,
la cultura no es sólo lo que permite la identificación y
el crecimiento de cada persona, sino también de cada pueblo. También
es cultura el desarrollo y la paz.
No podemos llegar a una definición con validez universal de
los derechos culturales; es una tarea difícil. Quizás más
que otros, estos derechos cambian de una situación a otra. Dependen
hasta cierto punto, de otros derechos enunciados en artículos de
la Declaración Universal, como por ejemplo, el "derecho a la autodeterminación",
el "derecho a la educación", el "derecho a un nivel de vida adecuado",
el "derecho a informar y a ser informado", el "derecho al trabajo", el
"derecho a una remuneración justa y favorable, asegurando una existencia
propia de la dignidad humana", etc.
Decimos con esto que los derechos culturales deben ser divididos en
categorías diferentes, pues el contenido de los mismos variará,
según se hayan cumplido o no, aquellos otros derechos íntimamente
vinculados a los derechos culturales que fueron antes enunciados.
La evolución de las diferentes formulaciones de este derecho
han seguido una doble orientación, una por el sujeto y otra por
el objeto, aunque ambas han ido ampliando sus horizontes en una y otra
dirección.