D4.7. ACCION SOBRE LA REALIDAD
Las acciones de defensa de este derecho pueden consistir, entre otras,
las siguientes:
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La utilización de las vías institucionales, como la negocación
colectiva, la acción legislativa popular, etc...
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La utilización de las garantías excepcionales, como la huelga,
incluida la huelga general, las manifestaciones, encierros, etecétera...
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En términos generales puede ser un medio de lucha adecuado el prestar
colaboración con los sindicatos y organizaciones de trabajadores.