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B. Garantías internas institucionales
La principal garantía normativa consiste en el reconocimiento como derecho constitucional por parte de los Estados. La Constitución del Paraguay lo reconoce en el artículo 92:
El trabajador tiene derecho a disfrutar de una remuneración que le asegure, a él y a su familia, una existencia libre y digna.
La ley consagrará el salario vital mínimo y móvil, el aguinaldo anual, la bonificación familiar, el reconocimiento de un salario superior al básico por horas de trabajo insalubre o de riesgo, y las horas extraordinarias, nocturnas y en días feriados. Corresponde, básicamente, igual salario por igual trabajo.

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