B. Garantías internas institucionales
La principal garantía normativa consiste en el reconocimiento
como derecho constitucional por parte de los Estados. La Constitución
del Paraguay lo reconoce en el artículo 92:
El trabajador tiene derecho a disfrutar de una remuneración
que le asegure, a él y a su familia, una existencia libre y digna.
La ley consagrará el salario vital mínimo y móvil,
el aguinaldo anual, la bonificación familiar, el reconocimiento
de un salario superior al básico por horas de trabajo insalubre
o de riesgo, y las horas extraordinarias, nocturnas y en días feriados.
Corresponde, básicamente, igual salario por igual trabajo.