B. Concepto
El derecho a condiciones dignas de trabajo consiste, en especial, en
la garantización de un ambiente de seguridad e higiene adecuado
donde el trabajador desarrolle sus tareas. Es necesaria la consideración
de los riesgos que implican determinadas profesiones, la dotación
de los medios idóneos para el trabajo, la capacitación permanente
de los trabajadores, etc. Las garantías de condiciones dignas en
el trabajo no se reducen específicamente a la seguridad industrial.
El Estado debe crear una infraestructura que facilite a los hombres y a
sus familiares una vida no sólo económicamente decorosa,
sino además, auténticamente humana. Tomando el ejemplo del
Derecho Mexicano, éste incluye como contenidos de la Seguridad Social:
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La educación de los trabajadores.
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El servicio público de empleo.
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La habitación de los trabajadores.
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La higiene, salubridad y seguridad industrial.
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La reparación de los riesgos de trabajo.
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El bienestar de los trabajadores.
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Los seguros sociales.