DEFINICION
El derecho a la seguridad personal es aquel "derecho" o principio
general, que siendo concreción del valor seguridad se manifiesta
y especifica en una serie de derechos humanos-inscribibles entre los derechos
civiles-, tales como el derecho a la nacionalidad o en prohibición
establecida a los poderes del Estado de detenciones arbitrarias o de la
práctica de torturas, y en una serie de garantías institucionales
de carácter interno, tales como el Habeas Corpus o el juicio con
jurado.