A. Garantías institucionales internacionales
No existe, en el sistema internacional de Derechos Humanos, instrumentos
eficaces de protección de este derecho, lo cual es lógico
si se tiene en cuenta que las relaciones internacionales son las que mejor
demuestran las relaciones de dominación y, por tanto, del dominio
de la ideología militarista. No obstante, existe, en el ámbito
normativo internacional, la tendencia a un reconocimiento expreso de la
objeción de conciencia como derecho fundamental.
Indirectamente se puede considerar protegido este derecho en las normas
internacionales a través de la protección a la libertad de
pensamiento y a través de la protección del derecho a la
libertad religiosa.