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A. Garantías institucionales internacionales
No existe, en el sistema internacional de Derechos Humanos, instrumentos eficaces de protección de este derecho, lo cual es lógico si se tiene en cuenta que las relaciones internacionales son las que mejor demuestran las relaciones de dominación y, por tanto, del dominio de la ideología militarista. No obstante, existe, en el ámbito normativo internacional, la tendencia a un reconocimiento expreso de la objeción de conciencia como derecho fundamental.
Indirectamente se puede considerar protegido este derecho en las normas internacionales a través de la protección a la libertad de pensamiento y a través de la protección del derecho a la libertad religiosa.

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