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C3.2.5. REFLEXION Y ANALISIS

El derecho a la intimidad frente a las escuchas telefónicas representa la síntesis de los problemas que se cuestionan en relación a la relación Estado- libertad individual, y más concretamente en la relación Poder Punitivo del Estado- libertad e intimidad individual.

Parece evidente que la intimidad debe ser una barrera infranqueable tanto por parte del Poder Publico -y por tanto del Poder punitivo-, como por parte de los particulares, pues en conexión directa con ella, reconocida como derecho fundamental, se encuentra la posibilidad de ejercicio de los demás derechos, así como de sus correspondientes garantías.

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