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C3.1.5. REFLEXION Y ANALISIS

La inviolabilidad de la correspondencia constituye no sólo un derecho que es especificación y concreción del derecho a la intimidad, sino además constituye una garantía procesal de primera magnitud, en cuanto que los datos o información obtenida de la correspondencia requisada deben haber sido obtenidos legalmente para que puedan ser utilizados como instrumentos de prueba.

Por otra parte constituye también una garantía en relación a posibles actuaciones arbitrarias por parte de fuerzas de seguridad del Estado. Proteger los datos personales a través de la protección de la inviolabilidad de la correspondencia es proteger indirectamente la seguridad personal. Lo cual es especialmente importante en sistemas totalitarios, en los que el poder de la minoría dominante se sustenta, al menos en parte, en virtud del control, que se realiza sobre las conductas de los ciudadanos.

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