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A. Origen y evolución histórica

A lo largo de toda la tradición indoeuropea el deshonor -la negación del derecho al honor- es el peor de los daños que puede sufrir el ser humano, vivo o muerto(1).

Tal y como reconoce la Sentencia del Tribunal Constitucional español de 10 de Julio de 1987:

La idea o sentimiento del honor históricamente ha pasado de ser patrimonio exclusivo de determinadas clases sociales o profesionales, para convertirse progresivamente en un atributo inherente a toda persona, cualquiera que sea su clase social, profesión, religión, raza o sexo, algo que nace con la personay que no se extingue con su muerte.

En parte este derecho recibe un fuerte y decidido apoyo durante los siglos XVIII y XIX con la aportación de la ideología liberal, en cuanto que ésta reclamaba un mundo de exclusión frente al Estado.

De ahí que en la tradición legal de los diversos sistemas jurídicos y hoy en los textos internacionales se establezcan, junto con el derecho al honor, un sistema de garantías para protegerlo frente al deshonor.

En el derecho histórico constitucional español no existen antecedentes de este derecho, a excepción del reconocimiento formal de este derecho durante el régimen del general Franco. A pesar de ser un derecho ya constituido y consagrado durante el siglo XIX europeo, ninguna de las constituciones y proyectos de constitución del siglo XIX español lo reconoce.

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