En relación a las declaraciones que establecen los deberes básicos son especialmente destacables tres, dentro del ámbito regional americano:
Los deberes fundamentales de los estados americanos reconocidos en la Carta de la O.E.A.:
El deber de respeto de los derechos de la persona humana y los principios de la moral universal.(Artículo 13)
El deber de desarrollar libremente y espontáneamente la vida cultural, política y económica de los pueblos de America. (Artículo 13)
Los deberes fundamentales reconocidos en la Declaración Americana de Derechos Huamnso (Artículos XXIX a XXXVIII).
Los deberes fundamentales establecidos en la Convención Americana de Derechos del Hombre, que son los siguientes:
El deber de respetar los derechos (Artículo 1º).
El deber de adoptar medidas de carácter interno que hagan posible la aplicación de la Conención, con la finalidad de gacer efectivos los derechos humanos reconocidos.(Artículo 2º)
El deber de garantizar el ejercicio efectivo de los recursos y procedimientos de protección de los derechos humanos. (Artículo 25.2)
El deber de informar a los ciudadanos sobre el alcance y causas de la suspensión de los derechos fundamentales, en el caso de que ésta tenga que producirse. (Artículo 27.3)
Los deberes para con la familia, la comunidad y la humanidad. (Artículo 32).