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A. Origen y evolución histórica

Los medios técnicos para prolongar artificialmente la vida existen desde hace menos de medio siglo. Su disponibilidad y su uso más amplio, sólo desde hace un par de décadas, desde principios de los años setenta. Por esta razón, el derecho a morir con dignidad, o a vivir dignamente el final de la vida, es un derecho que se ha reivindicado en tiempos recientes. El primer caso histórico, o tal vez el más resonante, fue el de Karen Ann Quinlan, una joven estadounidense que a mediados de los años setenta, fue mantenida artificialmente con vida durante más de un año, conectada a un respirador artificial. Sus padres demandaron la retirada del respirador, y los tribunales establecieron que, dado que no había esperanzas razonables de recuperación, el mantenimiento de las medidas de soporte vital para mantener sus funciones corporales constituía un medio extraordinario de tratamiento, cuya retirada no quebrantaba el derecho a la vida. A partir de allí, la jurisprudencia y la doctrina han sido unánimes en todo el mundo a favor del derecho a vivir dignamente el final de la vida.

Los medios técnicos para prolongar artificialmente la vida existen desde hace menos de medio siglo. Su disponibilidad y su uso más amplio, sólo desde hace un par de décadas, desde principios de los años setenta. Por esta razón, el derecho a morir con dignidad, o a vivir dignamente el final de la vida, es un derecho que se ha reivindicado en tiempos recientes. El primer caso histórico, o tal vez el más resonante, fue el de Karen Ann Quinlan, una joven estadounidense que a mediados de los años setenta, fue mantenida artificialmente con vida durante más de un año, conectada a un respirador artificial. Sus padres demandaron la retirada del respirador, y los tribunales establecieron que, dado que no había esperanzas razonables de recuperación, el mantenimiento de las medidas de soporte vital para mantener sus funciones corporales constituía un medio extraordinario de tratamiento, cuya retirada no quebrantaba el derecho a la vida. A partir de allí, la jurisprudencia y la doctrina han sido unánimes en todo el mundo a favor del derecho a vivir dignamente el final de la vida.

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