F. Contenido
El diagnóstico genético y la ingeniería genética
pueden comprometer algunos derechos fundamentales, tales como el derecho
a la vida, a la integridad física, a la no discriminación
y a la vida familiar, derechos todos recogidos por las Declaraciones Internacionales,
las Constituciones y las leyes.
No existe, sin embargo ningún texto en vigor que se refiera a
un derecho específico a la intangibilidad de la carga genética
individual, aunque sí existe una recomendación en tal sentido
por parte de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, y una Resolución
del Parlamento europeo a las que haremos referencia posteriormente.
El derecho a la vida frente a la manipulación genética
tiene relación con los siguientes derechos:
-
Con el derecho a fundar una familia.
-
Con los derechos de los trabajadores.
-
Con el derecho a la intimidad. En el apartado d) del Nº 7 de la Recomendación
934/1982 de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, de 26 de Enero
de 1982 se recomienda al Consejo de Ministros:
Definir los principios que rijan ...el uso o explotación de
las informaciones genéticas sobre los individuos, asegurando en
particular la protección del derecho a la vida privada de las personas
intervinientes, conforme a las convenciones y resoluciones del Consejo
de Europa relativas a la protección de los datos (data).
-
Con el derecho al medio ambiente sano. Como señala la Recomendación
394/1982 de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, adoptada el
26 de Enero de 1982 en su apartado 3 iii:
La libertad de la investigación científica valor fundamental
de nuestras sociedades y condición de su adaptabilidad a las transformaciones
del medio ambiente mundial entraña deberes y responsabilidades,
notablemente en lo que concierne a la salud y a la seguridad de las gentes
y de los mismos trabajadores científicos, así como a la no
contaminación del medio ambiente vital.
El apartado 3.Vi de la misma Recomendación establece además
que:
El gran público y los trabajadores de laboratorio, en todos
los países, deben beneficiarse de un nivel estricto y comparable
de protección contra los riesgos que implica la manipulación
de microorganismos patógenos en general, se recurra o no a técnicas
de ingeniería genética.