C1.4.7. ACCION SOBRE LA REALIDAD
Entre las acciones que se pueden llevar a cabo para evitar las situaciones
de desaparecidos forzosos se pueden citar las siguientes:
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Una vez que se tenga conocimiento de la existencia de una o varias
personas que han sido objeto de desapariciones forzadas se puede realizar
una acción de denuncia dirigida al Grupo de trabajo sobre Desapariciones
Forzadas o Involuntarias de la Comisión de Derechos Humanos, c/o
Centro de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, 122 Ginebra 10, Suiza
(cable: UNATIONS, télex: 289696, fax: 339879).
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Se puede proponer una campaña de recolección de firmas solicitando
se elabore en el seno de las Naciones Unidas una Convención referente
a las personas desaparecidas.
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Pueden dirigirse escritos a las autoridades del país para que se
realice una acción diplomática dirigida a proteger a los
nacionales desaparecidos en el país infractor.
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Se pueden ejercitar las diferentes formas de garantías extrajurídicas
de carácter político, como, por ejemplo, dirigir cartas -escritas
en tono respetuoso- a las autoridades del país en el que se encuentra
la persona desaparecida interesándose por su suerte y solicitando
su puesta en libertad o alternativamente que sea procesada con todas las
garantías penales que establece el sistema de normas de Derechos
Humanos.
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Colaborar con la acción de denuncia y campañas de defensa
de derechos de desaparecidos llevadas a cabo por organizaciones no Gubernamentales.