Las cooperativas son asociaciones de carácter económico que, inspirándose en el valor de la solidaridad, tienen el objetivo de que cada socio aporte cuánto pueda y demande cuánto necesite.
Los caracteres básicos son los siguientes:
A diferencia de las empresas inspiradas en el liberalismo capitalista que se orientan casi exclusivamente a maximizar ganancias minimizando costos del socio que aporta el capital, las cooperativas tienden progresivamente a satisfacer las necesidades de todos los socios a partir de un bien compartido, la empresa, garantizando una equitativa distribución de las ganancias.
Estas empresas suelen recibir subsidios por parte de los estados, o al menos suelen beneficiarse de algunas desgravaciones fiscales.
Tienden a generar federaciones y cubrir las diferentes áreas del proceso económico a fin de proveer de los bienes necesarios a sus asociados.
Están reconocidas como garantías de los derechos no sólo por las normas internas de los Estados, sino también por las normas de Derecho Internacional. En la letra e) del artículo 4º del Convenio sobre Política Social (Normas y objetivos básicos), adoptado el 22 de Junio de 1962 por la Conferencia General de la OIT en su reunión XLVI, celebrada en Ginebra, y que entró en vigor el 23 de Abril de 1964, se establece:
e. La reducción de los costos de producción y de distribución por todos los medios posibles, especialmente estableciendo, favoreciendo y ayudando a las cooperativas de producción y consumidores.
Podemos clasificar a las cooperativas de acuerdo a sus actividades, en:
Estos tres tipos de cooperativas responden a los tres momentos de la actividad económica.
A su vez, entre las cooperativas de producción pueden distinguirse:
Las que se limitan a extraer materia prima. Son generalmente de carácter agrario o propias de zonas rurales.
Las que manufacturan la materia prima. Suelen ubicarse en zonas urbanas. Lo mismo le ocurre a las cooperativas de comercialización y consumo.