Anterior Siguiente
E. Fundamento

El fundamento último del derecho al desarrollo está en la dignidad de la persona humana. Así lo reconoce el artículo 2 de la Declaración sobre el Progreso y el desarrollo en los Social, proclama por la Asamblea general de las Naciones Unidas en su Resolución 2542 (XXIV), el 11 de Diciembre de 1969:

Anterior Siguiente