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A. Origen y evolución histórica
Es en el siglo XVIII en donde podemos ubicar con mayor preocupación la costumbre de respetar a los prisioneros de guerra, en la medida que en la antigüedad el enemigo no era capturado sino eliminado; posteriormente fue sometido a la esclavitud como mano de obra productiva.

En 1785 se firmó el "Tratado de amistad y de Paz" -EUA y Federico 'El Grande' de Prusia- en donde se norma la alimentación y alojamiento de los prisioneros de guerra en las mismas condiciones a las que tienen los propios soldados del país captor.

En Francia por decreto de 1792 se norma que los prisioneros de guerra están bajo la salvaguardia de la nación y protegidos por la ley. (2)

Antes del primer estatuto de prisioneros de guerra de julio de 1899 -Convención II de la Haya-, se encuentran varios instrumentos que recogen las costumbres bélicas sobre prisioneros de guerra como las "instrucciones para el gobierno de los ejércitos de los Estados Unidos en campaña" -1863-; el proyecto de Bruselas de 1874 sobre usos y leyes de guerra y el manual de Oxford -1880-. (Ibidem). O también, como antecedentes más remotos podemos referirnos al De iure belli de Francisco de Vitoria (s.XVI), donde se plantea entre las condiciones para que una guerra pueda ser considerada como justa, cierto código ético de los beligerantes, asumiendo teorías de Tomás de Aquino (s.XIII) y San Agustín (s.V).

En febrero de 1863 y a raíz de una experiencia vivida en la batalla de Solferino(1859), por Henry Dunant, se reúnen cuatro ginebrinos que apoyan su propuesta de fundar una Sociedad de socorro para los heridos de guerra y que sea reconocida oficialmente por los Estados en conflictos bélicos. Para realizar esta idea el gobierno Suizo, convocó, un año después a una "Conferencia Diplomática" a la que asistieron delegados de 12 gobiernos. En la misma fue aprobado casi por unanimidad un Tratado de 10 artículos al que denominaron Convenio de Ginebra para el mejoramiento de la suerte de los militares heridos en los ejércitos en campaña.

Los Convenios de la Haya de 1899 y 1907 regulan el trato humano al prisionero, norma lo relativo al trabajo y al salario, régimen administrativo, registro de prisioneros, regula la parte disciplinaria y determina que el prisionero se encuentra en poder del gobierno captor y no de personas o unidades que lo capturaron. Además, el Convenio de la Haya de 1899 amplía la neutralización, ya existente, de ambulancias y hospitales a las embarcaciones de salvamento, a los barcos hospital y a su personal.

El Convenio de Ginebra de 1929 precisó más la reglamentación protectora y trató temas como la captura, evacuación trabajo en el campo de prisioneros, las relaciones entre los capturado y el exterior, etc...

Después de las dos guerras mundiales, en una nueva Conferencia Diplomática se aprueba el texto preparado por el Comité Internacional de la Cruz Roja, que contiene normas precisas sobre la protección de los internados civiles, sobre los derechos y deberes de una potencia ocupante y prohíbe las represalias y las deportaciones.

También se revisaron los Convenios anteriores, que así pasaron a ser conocidos como los cuatro Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949:

Sin embargo aunque estos Convenios permitieron salvar innumerables vidas humanas, a partir de 1965 el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) se dedicó a completar y adaptar el Derecho Humanitario mediante nuevas normas que se someterían a la conformidad de los Estados.

Así el 8 de junio de 1977 se aprueban los Protocolos Adicionales a los Convenios de Ginebra de 1949:

En los Protocolos Adicionales se introducen considerables e importantes mejoras, tales como:

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