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A. Origen y evolución histórica
Los derechos de los alumnos reconocidos en el Derecho Positivo son un acto muy reciente. Dentro del Derecho Internacional la persona del alumno no está integrada en ningún mecanismo de protección.

Históricamente, los alumnos han mantenido una personalidad tutelada, delegándose la responsabilidad de sus actos a los padres, tutores o profesores. En la historia de la educación en occidente, las escuelas nacen bajo la protección del Estado y más adelante se fueron incorporando al ámbito de la influencia de la iglesia católica y el espacio que se les había concedido había estado sujeto a los vaivenes de las diferentes corrientes ideológicas asentadas en el poder. Los alumnos gozaban o no de determinadas garantías de acuerdo a las voluntades de la autoridad escolar y oficialmente no se les había reconocido derecho alguno para participar de alguna manera en la organización escolar.

A finales del siglo XVIII se encuentran textos tímidos con propuestas para enseñar a los alumnos sus derechos y deberes.

Durante el siglo XIX la educación fue reconocida como un derecho y los Estados progresivamente fueron incorporándola dentro de sus obligaciones para y con la sociedad, en este reconocimiento, los alumnos han tenido una participación pasiva. Los alumnos no han mantenido una voz propia sino hasta principios del siglo XX en el que por distintos motivos surgieron agrupaciones de estudiantes que manifestaban enorme interés por participar en la vida social y política de la sociedad. Más adelante, especialmente en Francia, Inglaterra y Estados Unidos, los estudiantes demandaron su participación dentro de los centros educativos de manera tal que su opinión fuera tomada en cuenta en aquellas circunstancias que les afectara directamente.

La incorporación de los derechos de los alumnos al Derecho Positivo se ha circunscrito a leyes estatales referidas estrictamente a la persona del alumno. En la mayoría de los Estados de occidente, gracias al impulso de los movimientos estudiantiles se ha conseguido el reconocimiento de derechos como el de participación en las formas de organización escolar, a que su rendimiento escolar sea valorado conforme a criterios de plena objetividad, a formar asociaciones en las que pueda representar y ser representado...

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