Anterior Siguiente
E. Fundamento
El fundamento último de los derechos de los detenidos no es otro que la dignidad de la persona humana. A ese fundamento se refiere el artículo 5.2. del pacto de San José de Costa Rica cuando afirma:

...Toda persona privada de libertad será tratada con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano

Por su parte, el artículo 10.1 del Pacto Internacional de derechos civiles y Políticos establece que:

Toda persona privada de libertad será tratada humanamente y con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano.

El fundamento inmediato o directo de estos derechos es la necesidad de garantizar la seguridad de la persona del detenido, de tal manera que, estando en esa especial situación de indefensión, no vea conculcados sus derechos.

Anterior Siguiente