B. Garantías institucionales en el ámbito regional europeo
La Carta Social Europea firmada en Turín en 1961 y que entró
en vigor en febrero de 1965, en su parte segunda, artículo 14, invita
a la participación de los individuos y a distintas organizaciones
a la creación y el mantenimiento de los servicios sociales, a fin
de contribuir al bienestar y el desarrollo de las personas y los grupos
en la Comunidad. La Carta fue ratificada por España en 1980. En
el artículo 14 se recoge, además, el compromiso de fomentar
y organizar los servicios sociales que contribuyen al bienestar y el desarrollo
de los individuos y de los grupos de la Comunidad, así como su adaptación
al medio o entorno social.
Entre las garantías normativas hay que hacer constar, también,
las diversas Recomendaciones y Resoluciones adoptadas por la Comunidad
Europea sobre la Tercera Edad:
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La Resolución adoptada por el Parlamento Europeo el 18 de febrero
de 1982, sobre la situación y los problemas de las personas mayores
en la Comunidad Europea
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La Resolución de 10 de marzo de 1986 sobre las ayudas a ancianos
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La Resolución de 14 de mayo de 1986 sobre una acción comunitaria
para mejorar la situación de las personas de edad en los Estados
miembros de la Comunidad. En esa misma Resolución el Parlamento
solicita que se declare un año europeo de las personas de edad avanzada.
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La Resolución de 8 de julio de 1988 que destaca la importancia de
los ancianos en el proceso de desarrollo del Tercer Mundo
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La Recomendación adoptada por el Consejo el 10 de diciembre de 1982,
relativa a los principios de una política comunitaria sobre la edad
de jubilación. Finalmente, las decisiones adoptadas por el Consejo
y la Comisión determinaron que el año 1993 fuese declarado
"Año europeo de las personas de edad avanzada y de la solidaridad
entre las generaciones"y que el Consejo, a propuesta de la Comisión
decidiera antes del 31-12-91 sobre las medidas prioritarias y otras modalidades
de cumplimiento del "año" propuesto. Asimismo,se aprobó que
durante el período comprendido entre el 1 de enero de 1991 al 31
de diciembre de 1993, se emprendiesen medidas en favor de las personas
de edad avanzada.