D16.7.2. ENUNCIADO DEL DERECHO
A través de varios caminos distintos cabe considerar reconocidos
estos derechos en las principales normas y declaraciones internacionales
referentes a los derechos humanos:
A. A través del genérico derecho a la vida:
-
Artículo 3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos:
Todo individuo tiene derecho a la vida...
-
Artículo 1 de la Declaración Americana de Derechos Humanos:
Todo ser humano tiene derecho a la vida...
-
Artículo 6.1º del Pacto Internacional de derechos Civiles y
Políticos:
El derecho a la vida es inherente a la persona humana. Este derecho
estará protegido por la ley. Nadie podrá ser privado de la
vida arbitrariamente.
-
Artículo 4.1 de la Convención Americana de los Derechos Humanos:
Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho
está protegido por la ley y, en general, a partir del momento de
la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente.
-
Artículo 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos:
El derecho de toda persona a la vida está protegido por
la ley...
-
Artículo 2 de la Declaración de los Derechos y Libertades
Fundamentales, aprobada por el Parlamento Europeo, en virtud de Resolución
de 16 de mayo de 1989:
Todo individuo tiene derecho a la vida...
-
Artículo 4 de la Carta Africana de los Derechos del Hombre y de
los Pueblos, de 1981:
La vida humana es inviolable. Todo ser humano tiene derecho al
respeto de la vida y la integridad física y moral de su persona.
Nadie puede ser privado arbitrariamente de este derecho.
-
Artículo 20 de la Carta Africana de los Derechos del Hombre y de
los Pueblos, de 1981 establece:
1. Todo pueblo tiene derecho a la existencia...
B. A través del genérico derecho a la seguridad jurídica:
-
Artículo 1 de la Declaración Americana de Derechos del Hombre:
Todo ser humano tiene derecho a...la seguridad de su persona.
-
Artículo 3º de la Declaración Universal de Derechos
Humanos:
Todo individuo tiene derecho a ...la seguridad personal.
-
Artículo 5.1. de la Convención Europea de Derechos Humanos:
Toda persona tiene derecho a...la seguridad...
-
Artículo 5 letra b) de la Convención Internacional sobre
la eliminación de todas las formas de discriminación racial,
de 1965:
...Los Estados Partes se comprometen... a garantizar el derecho
de toda persona...
...
b) El derecho a la seguridad personal y a la protección
del estado contra todo acto de violencia o atentado contra la integridad
personal cometido por funcionarios públicos o por cualquier individuo,
grupo o institución.
-
Artículo 7 del Pacto de San José de Costa Rica:
Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad personales.
-
Artículo 2 de la Declaración de los Derechos y Libertades
Fundamentales, aprobada por el Parlamento Europeo en virtud de Resolución
de 16 de mayo de 1989:
Todo individuo tiene derecho a...la seguridad de su persona.
-
Artículo 5 letra b) de la Convención Internacional sobre
la eliminación de todas las formas de discriminación racial,
de 1965:
...Los Estados Partes se comprometen... a garantizar el derecho
de toda persona...
...
b) El derecho a la seguridad personal...
C. A través de la prohibición de la aplicación de
la tortura y de penas y tratos crueles, inhumanos y degradantes:
-
Artículo 5 de la Declaración Universal de Derechos Humanos:
-
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles,
inhumanos o degradantes.
-
Artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos:
-
Nadie podrá ser sometido a tortura ni a penas o tratos
inhumanos o degradantes.
-
Artículo 7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos:
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles,
inhumanos o degradantes...
-
Artículo 2 Párrafo 2 de la Declaración de los Derechos
y Libertades Fundamentales, aprobada por el Parlamento Europeo el 16 de
Mayo de 1989:
Ningún individuo puede ser sometido a tortura ni a penas
o tratos crueles inhumanos o degradantes.
-
Artículo 5 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos:
2. Nadie debe ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles,
inhumanos o degradantes. Toda persona privada de libertad será tratada
con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano.
-
Artículo 16 de la Convención contra la tortura y otros tratos
o penas crueles, inhumanas o degradantes de 1984:
Todo Estado parte se comprometerá a prohibir en cualquier
territorio bajo su jurisdicción otros actos que constituyan tratos
o penas crueles, inhumanas o degradantes y que no lleguen a ser tortura,
tal como se define en el artículo 1, cuando esos actos sean cometidos
por un funcionario público u otra persona que actúe en el
ejercicio de funciones oficiales, o por instigación o con el consentimiento
o la aquiescencia de tal funcionario o persona. Se aplicarán en
particular, las obligaciones enunciadas en los artículos 10, 11,
12 y 13, sustituyendo las referencias a la tortura por referencias a la
tortura por referencias a otras formas de tratos o penas crueles, inhumanas
o degradantes.
-
Artículo 5 de la Carta Africana de los Derechos del Hombre y de
los Pueblos, de 1981:
Toda persona tiene derecho al respeto de la dignidad inherente
a la persona humana y al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Están prohibidas todas las formas de explotación y de envilecimiento
del hombre, especialmente...la tortura física y moral y las penas
o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
D. A través del reconocimiento del derecho a la integridad psicofísica
y moral:
-
Artículo 5 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos:
Derecho a la integridad personal.
1. Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad
física, psíquica y moral...
-
Artículo 4 de la Carta Africana de los Derechos del Hombre y de
los Pueblos, de 1981:
La vida humana es inviolable. Todo ser humano tiene derecho al
respeto de...la integridad física y moral de su persona. Nadie puede
ser privado arbitrariamente de este derecho.
-
Artículo 7.1 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre
la eliminación de todas las formas de discriminación racial,
proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de Noviembre
de 1963:
...Toda persona, sin distinción por motivo de raza, de
color o de origen étnico, tiene derecho a...la protección
del estado contra todo acto de violencia o atentado contra su integridad
personal cometido por funcionarios públicos, o por cualquier individuo,
grupo o institución.
-
Artículo 5 letra b) de la Convención Internacional sobre
la eliminación de todas las formas de discriminación racial,
de 1965:
...Los Estados Partes se comprometen... a garantizar el derecho
de toda persona...
...
b) El derecho...a la protección del estado contra todo
acto de violencia o atentado contra la integridad personal cometido por
funcionarios públicos o por cualquier individuo, grupo o institución.
E. A través del reconocimiento del genérico derecho a la
salud.
-
Artículo 25.1. de la Declaración Universal de Derechos Humanos:
Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le
asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial
la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica
y los servicios sociales necesarios...
-
Artículo 11 de la Declaración Americana de Derechos Humanos
y Deberes del hombre:
Toda persona tiene derecho a que su salud sea preservada por
medidas sanitarias y sociales, relativas a la alimentación, el vestido,
la vivienda y la asistencia médica, correspondientes al nivel que
permitan los recursos públicos y los de la comunidad.
-
Artículo 11 de la Carta Social Europea:
Para garantizar el ejercicio efectivo del derecho a la protección
de la salud, las Partes Contratantes se comprometen a adoptar, directamente
o en cooperación con organizaciones públicas o privadas,
medidas adecuadas para entre otros fines:
1. Eliminar en lo posible, las causas de una salud deficiente.
2. Establecer servicios educacionales y de consulta dirigidos
a la mejora de la salud y a estimular el sentido de la responsabilidad
individual en lo concerniente a la misma.
3. Prevenir, en lo posible, las enfermedades epidémicas,
endémicas y otras.
-
Artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales:
Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho
de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia,
incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora
continua de las condiciones de existencia...
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Artículo 15 apartados 1, 2 y 3 de la Declaración de los Derechos
y Libertades Fundamentales, aprobada por el Parlamento Europeo por Resolución
de 16 de Mayo de 1989:
1. Toda persona tiene derecho a beneficiarse de todas las medidas
que les permitan gozar del mejor estado de salud posible.
2. Los trabajadores, los independientes y sus derechohabientes
tienen derecho a la seguridad social o aun sistema equivalente.
3. Toda persona que no disponga de recursos suficientes tiene
derecho a la ayuda social y médica.
-
Artículo 19 párrafo 1º de la Carta Comunitaria de Derechos
Sociales Fundamentales de los Trabajadores, de 9 de Diciembre de 1989:
Todos los trabajadores deben beneficiarse, en su medio de trabajo,
de condiciones satisfactorias de protección de su salud y su seguridad.
Deben adoptarse las medidas apropiadas para proseguir la armonización
en el progreso de las condiciones existentes en este ámbito.
Considerando 4º del Convenio sobre Política Social
(Normas y Objetivos Básicos), 1962, adoptado el 22 de Junio de 1962
por la Conferencia General de la OIT en su XLVI reunión, celebrada
en Ginebra. Entró en vigor el 23 de Abril de 1964.:
Considerando que debería hacerse todo lo posible, por
medio de disposiciones apropiadas de carácter internacional, regional
o nacional, para fomentar el mejoramiento de la salud pública...
F. A través del reconocimiento del derecho a la igualdad:
-
La Declaración Universal de derechos Humanos, de 10 de Diciembre
de 1948 establece en el Preámbulo, Considerando 1º establece:
Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo
tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca
y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros
de la familia humana.
-
El artículo 1º de la Declaración Universal afirma:
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y
derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben
comportarse fraternalmente los unos con los otros.
-
El artículo 2 Párrafo 1º de la Declaración Universal
reconoce que:
Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados
en esta Declaración, sin distinción alguna de...o de cualquier
otra índole...o cualquier otra condición.
-
El artículo 7º de la Declaración Universal establece:
Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción,
derecho a igual protección de la ley. Todos tiene derecho a igual
protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración
y contra toda provocación a tal discriminación.
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En la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre,
de 2 de Mayo de 1948 se establece en el artículo 2º:
Todas las personas son iguales ante la ley y tendrán los
derechos y deberes que ella consagra, sin distinción alguna.
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La Convención Europea de Salvaguardia de los Derechos Humanos y
de las Libertades Fundamentales, de 4 de Noviembre de 1950, reconoce este
derecho cuando afirma en su artículo 14:
El goce de los derechos y de las libertades fundamentales ha
de ser asegurado a todos, sin distinción alguna.
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La Declaración de los Derechos y Libertades Fundamentales, aprobada
en virtud de la Resolución del Parlamento Europeo de 16 de mayo
de 1989 establece en su artículo 3:
1. Toda persona es igual ante la ley, en el ámbito de
aplicación del Derecho comunitario.
2. Se prohíbe toda discriminación por razón
en particular de...o de cualquier otra índole...o cualquier otra
condición.
G. A través del derecho a la seguridad social. El reconocimiento
del derecho a la seguridad social figura en los siguientes textos básicos
internacionales:
-
Artículo 22 de la Declaración Universal de Derechos Humanos:
Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la
seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación
internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de
los Estados, la satisfacción de los derechos económicos,
sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo
de su personalidad.
-
Artículo 25.1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos:
Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le
asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial
la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica
y los servicios sociales necesarios; tiene, asimismo derecho a los seguros
en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos
de perdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes
de su voluntad.
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Artículo 16 de la Declaración Americana de Derechos Humanos:
Toda persona tiene derecho a la seguridad social que le proteja
contra las consecuencias de la desocupación, de la vejez y de la
incapacidad que, proveniente de cualquier otra causa ajena a su voluntad,
le imposibilite física o mentalmente para obtener los medios de
subsistencia.
-
El artículo 19 apartado a) de la Declaración sobre el Progreso
y el Desarrollo en lo Social, proclamada por la Asamblea general de las
naciones Unidas en su Resolución 2542 (XXIV), de 11 de Diciembre
de 1969, reconoce solemnemente que el progreso y el desarrollo en lo social
deben encaminarse igualmente al logro de los objetivos principales siguientes:
La adopción de medidas para proporcionar gratuitamente
servicios sanitarios a toda la población y asegurar instalaciones
y servicios preventivos y curativos adecuados y servicios médicos
de bienestar social accesibles a todos.
-
El apartado 12 de la Parte I de la Carta Social Europea, adoptada en Turín
el 18 de Octubre de 1961 y que entró en vigor el 26 de Febrero de
1965 establece que:
Las Partes contratantes reconocen como objetivo de una política
que aplicarán por todos los medios útiles, tanto en el plano
nacional como en el internacional, la realización de condiciones
propias para asegurar el ejercicio efectivo de los derechos y principios
siguientes:
...
12. Todos los trabajadores y sus herederos tienen derecho a la
seguridad social.
-
Artículo 5 letra e) apartado IV) de la Convención Internacional
sobre la eliminación de todas las formas de discriminación
racial, adoptada por Resolución 2106 A (XX) de la Asamblea general
de las Naciones Unidas y que entró en vigor el 4 de Enero de 1969.:
En conformidad con las obligaciones fundamentales estipuladas
en el artículo 2 de la presente Convención, los Estados partes
se comprometen a prohibir y eliminar la discriminación racial en
todas sus formas y a garantizar el derecho de toda persona a la igualdad
ante la ley, sin distinción de raza, color y origen nacional o étnico,
particularmente en el goce de los siguientes derechos:
...
e) Los derechos económicos, sociales y culturales, en
particular:
...
IV) El derecho a...la seguridad social...
-
Artículo 9 del Pacto Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales, adoptado por la Asamblea general de las Naciones
Unidas el 16 de Diciembre de 196 y que entró en vigor el 30 de Enero
de 1976, establece:
Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho
de toda persona a la seguridad social, incluso al seguro social.
-
El artículo 11 apartado a) de la Declaración sobre el Progreso
y el Desarrollo en lo Social, proclamada por la Asamblea general de las
naciones Unidas en su Resolución 2542 (XXIV), de 11 de Diciembre
de 1969, reconoce solemnemente que:
El progreso y el desarrollo en lo social deben encaminarse igualmente
al logro de los objetivos principales siguientes:
Artículo 11:
a) La provisión de sistemas amplios de seguridad social
y los servicios de asistencia social y el establecimiento y la mejora de
sistemas de servicios y seguros sociales para todas aquellas personas que
por enfermedad, invalidez o vejez no puedan ganarse la vida, temporal o
permanentemente, teniendo en cuenta la necesidad de garantizar el debido
nivel de vida a estas personas, a sus familias y a quienes están
a su cargo.
-
Artículo 10 de la Carta Comunitaria de Derechos Sociales Fundamentales
de los Trabajadores, de 8 de Diciembre de 1989:
Todo trabajador de la Comunidad Europea tiene derecho a una protección
social adecuada y deberá beneficiarse de prestaciones de seguridad
social suficientes, cualquiera que sea su estatuto o el tamaño de
la empresa en la que trabaje.
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Artículo 15.2 de la Declaración de Derechos y Libertades
Fundamentales, aprobada en virtud de Resolución del Parlamento Europeo
de 1989 de 16 de mayo de 1989:
Los trabajadores, los independientes y sus derechohabientes tienen
derecho a la seguridad social o aun sistema equivalente.
H. A través del reconocimiento explícito de los derechos
de los minusválidos:
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El artículo 11 a) de la Declaración sobre el progreso y el
desarrollo en lo Social, proclamada por la Asamblea General de las Naciones
Unidas en 1969 establece que:
El progreso y el desarrollo en lo social deben encaminarse a...
la provisión de sistemas amplios de seguridad social y los servicios
de asistencia social y el establecimiento y la mejora de sistemas de servicios
y seguros sociales para todas aquellas personas que por enfermedad, invalidez...no
puedan ganarse la vida, temporal o permanentemente, tendiendo en cuanta
la necesidad de garantizar el debido nivel de vida a estas personas, a
sus familias y a quienes estén a su cargo.
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El artículo 19 d) de la misma Declaración prevé:
La Institución de medidas apropiadas para la rehabilitación
de las personas mental o físicamente impedidas, especialmente los
niños y los jóvenes, a fin de permitirles en la mayor medida
posible ser miembros útiles de la sociedad...y la creación
de condiciones sociales en las que los impedidos no sean objeto de discriminación
debida a sus incapacidades.
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El artículo 26 de la Carta Comunitaria de Derechos Sociales Fundamentales
de los Trabajadores, de 9 de Diciembre de 1989 establece:
Todos los minusválidos, cualquiera que sea el origen y
la naturaleza de su minusvalía, deben poder beneficiarse de medidas
adicionales concretas dirigidas a favorecer su integración profesional
y social.
Estas medidas de mejora deberán referirse, en función
de la capacidad de los interesados, ala formación profesional, la
ergonomía, la accesibilidad, la movilidad, los medios de transporte
y la vivienda.
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El artículo 1 de la Declaración de Derechos del Retrasado
Mental, proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20
de Diciembre de 1971 establece:
El retrasado mental debe gozar, hasta el máximo grado
de viabilidad, de los mismos derechos que los demás seres humanos.