En España una garantía normativa de los derechos de los
consumidores y usuarios vienen constituida por el reconocimiento dentro
del ámbito constitucional del genérico derecho a la salud-
recogido en el artículo 43 de la Constitución española
de 1978- y del concreto reconocimiento de estos derechos en el artículo
51:
-
Los poderes públicos garantizarán la defensa de los
consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces,
las seguridad, la salud, y los legítimos intereses económicos
de los mismos.
-
Los poderes públicos promoverán la información
y la educación de los consumidores y usuarios, fomentarán
sus organizaciones y oirán a éstas en las cuestiones que
puedan afectar a aquéllos, en los términos que la ley establezca.
-
En el marco de los dispuesto por los apartados anteriores, la ley regulará
el comercio interior y el régimen de autorización de productos
comerciales.
La Ley general para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, Ley 26/1984
de 19 de Julio, que desarrolla el precepto constitucional tiene tres objetivos
fundamentales (5) :
-
La declaración de principios y derechos que configuran la defensa
de los consumidores.
-
El desarrollo del movimiento asociativo, con la creación de las
correspondientes asociaciones de consumidores.
-
Establecer bases eficaces para la defensa de los consumidores y usuarios.
Otra garantía institucional existente en el sistema jurídico
es el consistente en el arbitraje de consumo.
El arbitraje de consumo se lleva a cabo mediante el proceso arbitral.
El cual se inicia se inicia con la presentación de solicitud de
arbitraje por parte de un consumidor o usuario. La solicitud de arbitraje
se tramita personalmente, o a través de las asociaciones de consumidores
y usuarios, ante la Junta Arbitral de Consumo más cercana al domicilio
del consumidor. Quien decide es el llamado Colegio Arbitral, que está
compuesto por tres árbitros. Uno en representación de los
consumidores, otro en representación del sector empresarial implicado
y un tercero, que ejerce como presidente, en representación de la
Administración. El proceso concluye con un laudo de obligado cumplimiento
por las partes.
Otra importante garantía es la suministrada por las leyes penales,
mediante la persecución, entre otros, de los fraudes alimentarios.