A. Garantías de los derechos de los consumidores en la Unión Europea
El proceso de su progresiva protección se inicia en París
en 1972 cuando los jefes de Estado o de Gobierno de los países comunitarios
dieron el visto bueno a una política de protección del consumidor,
declarando que el desarrollo económico debería verse reflejado
en una mejora de la calidad de vida. Esa política se está
desarrollando a través de las siguientes vías (4):
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La creación de un servicio de la política del consumidor
en el seno de la Comisión europea.
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La constitución de un Comité Consultivo de los Consumidores
(CCC) en el que se agrupan expertos y miembros de las cuatro organizaciones
europeas que representan los intereses del consumidor: la Oficina Europea
de las Uniones de Consumidores (BEUE), el Comité de Organizaciones
Familiares ante las Comunidades Europeas (COFACE), la Comunidad Europea
de Cooperativas de Consumidores (EURO-COOP) y la Confederación Europea
de Sindicatos (CES). Con objeto de mejorar la representatividad y eficacia
del CCC, fue transformado, en Diciembre de 1989, en un "Consejo Consultivo
de los Consumidores".
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La adopción, a partir de Abril de 1975 de diversos y progresivos
programas de protección e información del consumidor.
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El desarrollo normativo de medidas de protección del consumidor,
a través de una gran cantidad de directivas referentes al tema.