CLASIFICACION
Los derechos humanos en situación pueden ser clasificados en
razón de dos criterios fundamentales: en razón del sujeto
titular del derecho o sujeto activo, y en razón de la situación
de anormalidad social o excepcionalidad en que se produce la reclamación
del derecho.
A. Ateniéndonos al primer criterio podemos considerar como derechos
humanos en situación los siguientes:
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Derechos referidos a la persona individual:
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Los derechos del trabajador
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Los derechos de la mujer
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Los derechos del niño
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Los derechos de los ancianos
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Los derechos de los incapacitados físicos, psíquicos y sensoriales.
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Los derechos de los reclusos
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Los derechos de los alumnos
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Los derechos de los soldados.
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Los derechos de los consumidores y usuarios
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Los derechos de los extranjeros
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Derechos referidos a personas colectivas en cuanto que sujeto titular del
derecho:
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Los derechos de la familia.
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Los derechos de las minorías étnicas.
B. Ateniéndonos al segundo criterio se pueden considerar como derechos
humanos en situación los siguientes: