COMENTARIO DE UNA DISPOSICION LEGAL, BIEN ESTATAL BIEN INTERNACIONAL, QUE HAGA REFERENCIA A LOS DERECHOS HUMANOS
CONCEPTO
El comentario de una disposición legal es aquella actividad por virtud de la cual se pretende, a través de una adecuada labor interpretativa, analizar el diverso significado doctrinal -moral, político, sociológico, jurídico, etc...-, que pueda tener la misma.
ESTRUCTURA
Esta actividad puede estar estructurada de la siguiente
manera:
- Determinación de las palabras y expresiones de la norma comentada que sean relevantes.
- Determinación de las diversas acepciones de las palabras relevantes existentes en la norma.
- Breve definición de cada una de las acepciones.
- Determinación de la conexión existente entre las diversas acepciones de las palabras estudiadas.
- Determinación de aquellas palabras que tengan conexión lógica con las palabras analizadas.
- Determinación de aquellas palabras que tengan conexión normativa inmediata con las palabras analizadas.
- Crítica de la utilización de las palabras y expresiones -por correctas o incorrectas- existentes en la norma. Los criterios de determinación de la corrección o incorrección puede ser: morales, políticos, lingüísticos, técnico jurídicos...
- Breve explicitación de aquellos factores no jurídicos (políticos, culturales, económicos, emotivos, ideológicos...) que pueden haber determinado la creación de la norma.
- Determinación de la coherencia o incoherencia de la norma en relación al sistema de Derechos Humanos.
- Comparación -determinando su coherencia o incoherencia- con otras normas existentes en el mismo sistema jurídico.
- Determinación de la coherencia o incoherencia de la norma analizada en relación con la norma fundamental o constitución.
- Comparación con otras normas existentes en otros sistemas jurídicos.
- Determinación de otras posibles forma s de regulación alternativas a la dada por el órgano creador de la norma.
- Determinación, entre las diversas posibles alternativas de regulación, de aquella o aquellas que tengan mayor grado de corrección, siguiendo diversos criterios: técnico jurídicos, morales, políticos...
- Elaboración y redacción de la norma tal y como la habría elaborado en el caso de ser él quien tuviera asignada la función legislativa.