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Concepto
El derecho a la no ser discriminado por razón de raza, color u origen étnico se define como aquel Derecho Humano, por virtud del cual el sujeto titular del mismo reclama del Estado y de los demás miembros de la sociedad no sufrir menoscabo en el ejercicio de sus derechos fundamentales como consecuencia de su raza, color de su piel o su origen étnico, recibiendo en consecuencia, un tratamiento político, jurídico, social y económico idéntico al que recibe el resto del cuerpo social.

Este derecho es manifestación y concreción del genérico derecho a la igualdad, constituyendo un importantísimo desarrollo de su contenido esencial.

Por discriminación racial hay que entender -tal y como explica el artículo 1.1 del Convenio Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación racial, de 1965-:

[Discriminación racial es] toda distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en motivos de raza, color, linaje u origen nacional o étnico que tenga por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad, de los Derechos Humanos y libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural o en cualquier otra esfera de la vida pública.

Una de las manifestaciones más significativas de la discriminación racial en el mundo actual nos la ofrece Sudáfrica. Su legislación establece que por nacimiento cada ciudadano será clasificado en categorías distintas: será ciudadano de categoría A, B, C y D: blanco, mestizo, indio o negro. Si es negro, no podrá votar en las elecciones políticas; no podrá inscribirse en ningún sindicato o partido de blancos; deberá utilizar solamente los lavabos reservados a las personas de su color; deberá vivir en zonas separadas a las de los blancos; la Mixed Married Act prohíbe los matrimonios entre negros y blancos; la immorality Act extiende la prohibición de "comercio carnal ilícito" entre "europeos" e "indígenas".

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