Sujeto
El sujeto activo de este derecho es el autor. El autor es el titular
originario de la propiedad intelectual. El acto de creación es el
único modo válido de adquirir la propiedad intelectual con
carácter pleno. El autor por el solo hecho de la creación
literaria, o artística, o de la exposición de sus ideas o
hallazgos científicos, adquiere una posición protegida por
la ley que le reserva en exclusiva determinada serie de posibilidades de
actuar en relación con su obra, y sobre todo el monopolio de su
manifestación.