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Sujeto
El sujeto activo de este derecho es el autor. El autor es el titular originario de la propiedad intelectual. El acto de creación es el único modo válido de adquirir la propiedad intelectual con carácter pleno. El autor por el solo hecho de la creación literaria, o artística, o de la exposición de sus ideas o hallazgos científicos, adquiere una posición protegida por la ley que le reserva en exclusiva determinada serie de posibilidades de actuar en relación con su obra, y sobre todo el monopolio de su manifestación.

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