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DEFINICION

Podemos definir las garantías de los Derechos Humanos como aquella forma de poder social, proyección y concreción del poder soberano que, bien ejercitado de forma individual, bien ejercitado de forma colectiva, permite hacer efectivos en las concretas relaciones sociales, los Derechos Humanos reconocidos -o por reconocer- en las normas y declaraciones.

Las garantías de los Derechos Humanos se pueden definir también como el conjunto de instrumentos y acciones -jurídicos y extrajurídicos- que, en cuanto forma de poder social, tienden a reforzar la vigencia (o reconocimiento normativo) de los Derechos Humanos y a asegurar su eficacia (el cumplimiento social efectivo de los mismos).

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