D7.2. ENUNCIADO DEL DERECHO
El derecho a la libre sindicación está reconocido en el
las principales declaraciones internacionales de Derechos Humanos a través
de una triple vía:
A. De una forma implícita a través del reconocimiento
del genérico derecho a la libertad:
-
El artículo 1 de la Declaración Americana de derechos del
Hombre establece que:
Todo ser humano tiene derecho a...la libertad...
-
El artículo 3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos
afirma que:
Todo individuo tiene derecho a la...libertad...
-
El artículo 5 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, de 1950,
establece que:
Toda persona tiene derecho a la libertad...
-
El Párrafo 1º del Preámbulo de la Convención
suplementaria sobre la abolición de la esclavitud, la trata de esclavos
y las instituciones y prácticas análogas a la esclavitud,
adoptada el 7 de Septiembre de 1956 por la Conferencia de Plenipotenciarios
en el seno de las Naciones Unidas, establece que:
...la libertad es un derecho innato de todo ser humano.
-
El artículo 1 del Protocolo Nº 4 al Convenio para la Protección
de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, establece la
prohibición de la prisión por deudas:
Nadie puede ser privado de su libertad por la única razón
de no poder ejecutar una obligación contractual.
-
El artículo 9 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
establece que:
Todo individuo tiene derecho a la libertad...
-
El artículo 7.1 del Pacto de San José de Costa Rica reconoce
que:
Toda persona tiene derecho a la libertad...
-
El artículo 2 de la Declaración de los Derechos y Libertades
Fundamentales, aprobada en virtud de la Resolución del Parlamento
Europeo de 16 de Mayo de 1989, establece:
Todo individuo tiene derecho...a la libertad...
-
El artículo 1 de la Declaración Americana de derechos del
Hombre establece que:
Todo ser humano tiene derecho a...la libertad...
-
El artículo 3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos
afirma que:
Todo individuo tiene derecho a la...libertad...
-
El artículo 5 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, de 1950,
establece que:
Toda persona tiene derecho a la libertad...
-
El Párrafo 1º del Preámbulo de la Convención
suplementaria sobre la abolición de la esclavitud, la trata de esclavos
y las instituciones y prácticas análogas a la esclavitud,
adoptada el 7 de Septiembre de 1956 por la Conferencia de Plenipotenciarios
en el seno de las Naciones Unidas, establece que:
...la libertad es un derecho innato de todo ser humano.
-
El artículo 1 del Protocolo Nº 4 al Convenio para la Protección
de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, establece la
prohibición de la prisión por deudas:
Nadie puede ser privado de su libertad por la única razón
de no poder ejecutar una obligación contractual.
-
El artículo 9 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
establece que:
Todo individuo tiene derecho a la libertad...
-
El artículo 7.1 del Pacto de San José de Costa Rica reconoce
que:
Toda persona tiene derecho a la libertad...
-
El artículo 2 de la Declaración de los Derechos y Libertades
Fundamentales, aprobada en virtud de la Resolución del Parlamento
Europeo de 16 de Mayo de 1989, establece:
Todo individuo tiene derecho ...a la libertad...
B. De una forma también implícita está reconocido
este derecho a través del reconocimiento del genérico derecho
a la igualdad:
-
La Declaración Universal de Derechos Humanos, de 10 de Diciembre
de 1948 establece en el Preámbulo, Considerando 1º:
Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo
ienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de
los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia
humana.
-
El artículo 1º de la misma Declaración establece:
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y
derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben
comportarse fraternalmente los unos con los otros.
-
El artículo 2 Párrafo 1º de la Declaración Universal
reconoce que:
Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados
en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color,
sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier
otra índole, origen nacional o social, posición económica,
nacimiento o cualquier otra condición.
-
El artículo 7º de la misma declaración establece:
Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción,
derecho a igual protección de la ley. Todos tiene derecho a igual
protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración
y contra toda provocación a tal discriminación.
-
En la Declaración Americana de los derechos y Deberes del Hombre,
de 2 de Mayo de 1948 se establece en el artículo 2º:
Todas las personas son iguales ante la ley y tendrán los
derechos y deberes que ella consagra, sin distinción alguna.
-
La Convención Europea de Salvaguardia de los Derechos Humanos y
de las Libertades Fundamentales, de 4 de Noviembre de 1950, reconoce este
derecho cuando afirma en su artículo 14:
El goce de los derechos y de las libertades fundamentales ha
de ser asegurado a todos, sin distinción alguna.
-
La Declaración de los Derechos y Libertades Fundamentales, aprobada
en virtud de la Resolución del Parlamento Europeo de 16 de mayo
de 1989 establece en su artículo 3:
-
Toda persona es igual ante la ley, en el ámbito de aplicación
del Derecho comunitario.
-
Se prohíbe toda discriminación por razón en
particular de raza, color, sexo, lengua, religión, opiniones políticas
o de cualquier otra índole, origen nacional o social, pertenencia
a una minoría nacional, posición económica, nacimiento
o cualquier otra condición.
-
Se prohíbe toda discriminación entre los ciudadanos
europeos por razón de nacionalidad.
-
Se garantizará la igualdad ante la ley de hombres y mujeres,
en especial en los ámbitos de trabajo, educación, familia,
protección social y formación.
-
La Carta Comunitaria de Derechos Sociales Fundamentales de los Trabajadores,
de 9 de Diciembre de 1989 establece en su artículo 16:
Se debe garantizar la igualdad de trato entre hombres y mujeres.
Se debe desarrollar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.
A estos efectos, sería conveniente intensificar allí donde
sea necesario las acciones encaminadas a garantizar la realización
de la igualdad entre hombres y mujeres, especialmente en relación
con el acceso al empleo, la retribución, las condiciones de trabajo,
la protección social, la educación, la formación profesional
y la evolución de las carreras profesionales.
También resulta conveniente desarrollar medidas que permitan
tanto a los hombres como a las mujeres conciliar sus obligaciones profesionales
y familiares.
-
En el artículo 2 de la Carta Africana de los Derechos del Hombre
y de los Pueblos se establece que:
Toda persona tiene derecho a disfrutar de los derechos y libertades
reconocidos y garantizados en la presente Carta sin distinción alguna,
especialmente de raza, etnia, de color, de sexo, de lengua, de religión,
de opinión política o de toda otra opinión, de origen
nacional o social, de fortuna, de nacimiento o de toda otra situación.
C. También de una forma implícita a través del reconocimiento
de la genérica libertad de asociación:
-
La Declaración Universal de Derechos Humanos lo reconoce en el artículo
20, apartados 1º y 2º:
El apartado 1º establece que:
Toda persona tiene derecho a la libertad de...asociación
pacíficas.
El apartado 2º establece que:
Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.
-
La Declaración Americana de Derechos Humanos reconoce este derecho
en el artículo 22, que establece que:
Toda persona tiene el derecho de asociarse con otras para promover,
ejercer y proteger sus intereses legítimos de orden político,
económico, religioso, social, cultural, profesional, sindical o
de cualquier otro orden.
-
El Convenio Europeo de Derechos Humanos regula este derecho en el artículo
11, apartados 1 y 2.
El apartado 1º establece que:
Toda persona tiene derecho ...a la libertad de asociación...
El apartado 2º establece que:
El ejercicio de estos derechos no podrá ser objeto de
otras restricciones que aquellas que, previstas por la ley, constituyan
medidas necesarias, en una sociedad democrática, para la seguridad
nacional, la seguridad pública, la defensa del orden y la prevención
del delito, la protección de la salud o de la moral, o la protección
de los derechos y libertades ajenos. El presente artículo no prohíbe
que se impongan restricciones legítimas al ejercicio de estos derechos
para los miembros de las fuerzas armadas, de la policía o de la
Administración del Estado.
-
El artículo 22 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y políticos
reconoce este derecho, en sus apartados 1º y 2º.
El apartado 1º establece que:
Toda persona tiene derecho a asociarse libremente con otras...
El apartado 2º, muy similar al apartado 2º del artículo
11 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, establece que:
El ejercicio de tal derecho sólo podrá estar sujeto
a las restricciones previstas por la ley que sean necesarias en una sociedad
democrática, en interés de la seguridad nacional, de la seguridad
pública o del orden público, o para protegerla salud o moral
públicas o los derechos y libertades de los demás. El presente
artículo no impedirá la imposición de restricciones
legales al ejercicio de tal derecho cuando se trate de miembros de las
fuerzas armadas y de la policía.
-
El artículo 16.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos,
muy similar al artículo 22 de la Declaración América
de Derechos Humanos, establece que
Todas las personas tienen derecho a asociarse libremente...
D. A través del reconocimiento explícito del derecho a la
libre sindicación:
-
La Declaración Americana de Derechos Humanos reconoce este derecho
en el artículo 22, que establece que:
Toda persona tiene el derecho de asociarse con otras para promover,
ejercer y proteger sus intereses legítimos de orden... sindical...
-
El Convenio Europeo de Derechos Humanos regula este derecho en el artículo
11, apartados 1º y 2º.
El apartado 1º establece que:
Toda persona tiene derecho ...a la libertad de asociación,
incluido el derecho de fundar con otras, sindicatos y de afiliarse a los
mismos para la defensa de sus intereses.
-
El artículo 5 de la Carta Social europea establece, por su parte,
que:
Para garantizar o promover la libertad de los trabajadores y
empleadores de constituir Organizaciones locales, nacionales o internacionales
para la protección de sus intereses económicos y sociales
y de adherirse a esas Organizaciones, las Partes contratantes se comprometen
a que la legislación nacional no menoscabe esa libertad, ni se aplique
de manera que pueda menoscabarla. Igualmente, el principio que establezca
la aplicación de estas garantías a los Miembros de las Fuerzas
Armadas y la medida de su aplicación a esta categoría de
personas deberán ser determinados por las Leyes y Reglamentos nacionales.
-
El artículo 22 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y políticos
reconoce este derecho, en sus apartados 1º y 2º.
El apartado 1º establece que:
Toda persona tiene derecho a asociarse libremente con otras,
incluso el derecho a fundar sindicatos y afiliarse a ellos para la protección
de sus intereses.
-
El artículo 16.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos,
muy similar al artículo 22 de la Declaración América
de Derechos Humanos, establece que:
Todas las personas tienen derecho a asociarse libremente con
fines...laborales...
Se recoge el derecho a la libre afiliación sindical en varios instrumentos
internacionales. Así en la Declaración Universal de Derechos
Humanos de Naciones Unidas, el artículo 23, número 4 prescribe
expresamente el derecho de toda persona a fundar sindicatos y a afiliarse
como forma de defender sus legítimos intereses. El Pacto Internacional
de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en su artículo
8 establece que los Estados partes se comprometen a reconocer el derecho
de toda persona para formar sindicatos y afiliarse al que elijan, sujetándose
únicamente a los estatutos de la organización correspondiente
y en defensa de sus intereses económicos y sociales.