Anterior Siguiente
F. Contenido
El ámbito natural de actuación de este derecho es el de la elección de autoridades políticas (Presidentes, Alcaldes) y de los integrantes de cuerpos políticos representativos del Estado (Congreso, Senado, Asamblea de las CC. AA. y pleno de las Corporaciones Locales).
No obstante, existen también otras modalidades de participación que requieren la expresión de la voluntad popular directamente a través del sufragio, como el referéndum o el plebiscito.
La tendencia actual se orienta hacia la ampliación de los cauces participativos, lo que contribuye a aportar mayor legitimidad y validez a un sistema político.
Al ser el sufragio un derecho contenido en otro más amplio como es el derecho de participación política, asimismo guarda relación con otros derechos como el de asociación, reunión y libertad de expresión, que hacen posible la formación y la manifestación de las comunicaciones políticas en orden a condicionar o influir en la acción de los poderes públicos.
Este enunciado no reconoce, sin embargo, como es fácil apreciar un derecho individual al voto, sino que consagra la obligación de los Estados partes del convenio de celebrar elecciones libres y periódicas. Apoyada en esta norma, en una oportunidad, la Comisión Europea de Derechos Humanos declaró que se había violado el referido precepto en Grecia tras el golpe de Estado militar del 21 de abril de 1967 que impidió la celebración de las elecciones previstas para el 28 de mayo de 1967.
Los derechos comprendidos dentro del derecho de sufragio son los siguientes:

Anterior Siguiente