Anterior Siguiente
B. Concepto
A tenor de la Declaración Universal de Derechos Humanos, de la Convención Europea de Derechos Humanos y del Pacto Internacional de Derechos Civiles y políticos, puede ser definido el derecho a la información como el derecho activo y pasivo, de dar y recibir noticias sin restricciones previas, sin control total (censura), y sin limitación de fronteras.
En esta definición están recogidos las dos dimensiones básicas del derecho a la información:

Anterior Siguiente