CARACTERES
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Tienen una doble dimensión, positiva y negativa:
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La dimensión negativa significa la ausencia de impedimentos de cualquier
tipo (jurídicos, políticos, económicos...) que restrinjan
o impiden la actuación del sujeto.
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La dimensión positiva supone la posibilidad de participación
responsable y activa del sujeto en la vida social, en todos sus ámbitos,
incluido el ámbito político.
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Son derechos que están reconocidos ya en las primeras declaraciones
de Derechos Humanos:
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Tienen especial importancia en el ámbito americano. Como ha señalado
un autor recientemente:
En América la lucha por la defensa de este principio no fue
una característica más del fenómeno revolucionario,
sino su raíz más profunda, su última justificación(1).
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En la Declaración de Independencia de 1776 toma este derecho un
especial valor, reflejando su doble dimensión positiva y negativa,
antes señalada: alude expresamente a que el poder legítimo
de todo gobierno emana del consentimiento de los gobernados e implícitamente
ampara la libertad de conciencia(2).
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En la Declaración de Derechos del Buen Pueblo de Virginia de 1776,
está presente este derecho en varias de sus secciones:
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la Sección 1ª cuando afirma que:
Todos los hombres son por naturaleza igualmente libres e independientes
y tienen ciertos derechos innatos de los que cuando entran en estado de
sociedad, o pueden privar o desposeer a su posteridad por ningún
pacto a saber: goce de la vida y de la libertad...
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En la Sección 8ª se establece de la Declaración de Derechos
del Buen pueblo de Virginia se establece que:
...ningún hombre podrá ser privado de su libertad, salvo
por la ley de su territorio o el juicio de sus iguales.
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En la Sección 13ª de la Declaración de Derechos del
Buen Pueblo de Virginia se reconoce que:
...los ejércitos permanentes, en tiempo de paz, deben ser evitados
como peligrosos para la libertad...
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En el artículo 1 de la Declaración de Derechos del Hombre
y del Ciudadano de 1789 figuran implícitamente los derechos del
libertad en la medida en que se reconoce expresamente el valor del que
derivan, el valor libertad:
Los hombres nacen libres e iguales en derechos...
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En el artículo 4 de la misma Declaración se definía
la libertad en los siguientes términos:
La libertad consiste en poder hacer todo lo que no daña a los
demás. Así, el ejercicio de los derechos naturales de cada
hombre no tiene más límites que los que aseguran a los demás
miembros de la sociedad el goce de estos mismos derechos. Estos límites
sólo pueden estar determinados por la Ley.
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El artículo 5 de la misma Declaración definía el ámbito
de las acciones prohibidas:
La Ley no puede prohibir más que las acciones dañosas
para la sociedad. Todo lo que no es prohibido por la Ley no puede ser impedido,
y nadie puede ser obligado a hacer lo que la ésta no ordena.
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La Declaración francesa de 1793, recoge las mismas ideas que la
anterior de 1789 y las desarrolla. Según el artículo 2, la
libertad es un derecho natural, como la igualdad, la seguridad y la propiedad.
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El artículo 6 de la misma Declaración establecía:
La libertad es el poder que pertenece al hombre de hacer todo lo que
no dañe los derechos de los demás: tiene como fundamento
la naturaleza; como regla, la justicia; como salvaguardia, la Ley; su límite
moral está en esta máxima: no hagas a los demás lo
que no quieras que te hagan a ti.
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Las declaraciones internacionales actuales de derechos reconocen también
explícitamente los derechos de libertad, a través del reconocimiento
del genérico derecho a la libertad:
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El artículo 1 de la Declaración Americana de Derechos del
Hombre establece que:
Todo ser humano tiene derecho a...la libertad...
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El artículo 3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos
afirma que:
Todo individuo tiene derecho a la ...libertad...
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El artículo 5 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, de 1950,
establece que:
Toda persona tiene derecho a la libertad...
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El Párrafo 1º del Preámbulo de la Convención
suplementaria sobre la abolición de la esclavitud, la trata de esclavos
y las instituciones y prácticas análogas a la esclavitud,
adoptada el 7 de Septiembre de 1956 por la Conferencia de Plenipotenciarios
en el seno de las Naciones Unidas, establece que:
...la libertad es un derecho innato de todo ser humano.
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El artículo 1 del Protocolo Nº 4 al Convenio para la Protección
de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, establece la
prohibición de la prisión por deudas:
Nadie puede ser privado de su libertad por la única razón
de no poder ejecutar una obligación contractual.
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El artículo 9 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
establece que:
Todo individuo tiene derecho a la libertad...
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El artículo 7.1 del Pacto de San José de Costa Rica reconoce
que:
Toda persona tiene derecho a la libertad...
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El artículo 2 de la Declaración de los Derechos y Libertades
Fundamentales, aprobada en virtud de la Resolución del Parlamento
Europeo de 16 de Mayo de 1989, establece:
Todo individuo tiene derecho ...a la libertad...
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El artículo 6 de la Carta Africana de los Derechos del Hombre y
de los Pueblos, de 1981 establece:
Todo individuo tiene el derecho a la libertad y a la seguridad de su
persona. Nadie puede ser privado de su libertad salvo por motivos y en
condiciones previamente determinadas por la ley; en particular nadie puede
ser arrestado o detenido arbitrariamente.
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Las Constituciones contemporáneas reconocen el derecho a la libertad
como un derecho fundamental:
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Constitución española de 1978, artículo 17.1:
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Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad de su persona.
Nadie puede ser privado de su libertad, sino con la observancia de los
establecido en este artículo y en los casos y en la forma prevista
en la ley.
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La detención preventiva no podrá durar más del tiempo
estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones
tendentes al esclarecimiento de los hechos y, en todo caso, en el plazo
máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto
en libertad o a disposición de la autoridad judicial.