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D. Objeto

En relación al objeto existe un claro paralelismo entre el derecho a la inviolabilidad del domicilio y el derecho a la inviolabilidad de la correspondencia. En ambos puede hablarse, y con idéntico contenido, de una doble perspectiva, directa e indirecta del objeto.

El objeto de ambos derechos es de una forma inmediata la intimidad, entendida como ámbito de datos de la persona que se pretende no sean conocidos.

El objeto, sin embargo, de ambos derechos, considerados desde una perspectiva indirecta, es mucho más complejo, pues puede servir además de garante de la seguridad personal y del honor, entre otros bienes de la personalidad.

Hay, no obstante, una diferencia en relación al objeto, entre los dos derechos. En el derecho a la inviolabilidad de la correspondencia se garantiza también la expresión e información, en cuanto que la correspondencia es un instrumento de comunicación de pensamiento y de noticias. Tiene, en consecuencia este derecho, un objeto aún más poliédrico que el derecho a la inviolabilidad del domicilio.

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