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B. Concepto

El derecho a la inviolabilidad de la correspondencia puede ser definido como aquel derecho, derivación y concreción del derecho a la intimidad, por virtud del cual se prohíbe a los poderes del Estado la detención y la apertura ilegal de la correspondencia.

Es un derecho encuadrable dentro de los derechos civiles. Y dentro de éstos, es situable dentro del derecho a la intimidad. Tiene, en consecuencia, todas las características generales de los primeros y de los segundos.

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