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A. Origen y evolución histórica

Aún cuando las ejecuciones sumarias y arbitrarias tienen una larga historia, es al comienzo de la edad contemporánea, con las declaraciones inglesas y francesas de Derechos Humanos con las que se trata de poner freno a la arbitrariedad del antiguo régimen.

Sin embargo, el problema toma una nueva dimensión a partir de la acción represiva llevada a cabo en las dictaduras europeas del siglo XX.

La indignación pública de los crímenes perpetrados por los nazis durante la Segunda Guerra Mundial provocó la adopción de medidas internacionales para prevenirlo, sea crea la subcomisión de Discriminaciones y Protección de las Minorías en 1946 por la Comisión de Derechos Humanos, estudios sobre la prevención de cualquier discriminación contraria a los Derechos Humanos y las libertades fundamentales y sobre la protección de minorías raciales, nacionales y lingüísticas.

La Asamblea General de las Naciones Unidas consideró la defensa del derecho a la vida primordialmente desde el punto de vista de la pena capital impuesta legalmente. En la Resolución 2393 (XXIII), del 26 de noviembre de 1968, la Asamblea General de las Naciones Unidas invitó a los Gobiernos a que se aseguraran los procedimientos legales más estrictos y las mayores garantías posibles a los acusados en caso de pena capital en los países donde existiera la pena de muerte. En 1980 el Sexto Congreso de Naciones Unidas sobre prevención del delito y tratamiento del delincuente experimentó una transformación; el foco de la atención se dirigió a las ejecuciones por motivos políticos, realizadas tanto dentro como fuera del marco legal. El Congreso condenó la práctica de asesinatos y ejecuciones de oponentes políticos o de presuntos delincuentes, cometidos por fuerzas armadas, instituciones encargadas de la aplicación de la Ley u otros organismos gubernamentales o grupos paramilitares políticos que actúan con el apoyo tácito, o de otra índole de tales fuerzas u organismos.

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