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E1.2. ENUNCIADO DEL DERECHO

El derecho a la autodeterminación de los pueblos viene reconocido por el sistema de derechos humanos a través de una triple vía:

A. De una forma implícita, a través del reconocimiento del genérico derecho a la igualdad.

B. También está regulado este derecho de una forma implícita a través del reconocimiento del genérico derecho a la libertad: C. De una forma explícita a través del reconocimiento del concreto derecho a la autodeterminación de los pueblos:  

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