Anterior Siguiente
D. Objeto
Por constituir un conjunto derechos múltiple y de naturaleza diversa, tenemos que diferenciar dentro de los derechos de los alumnos, por una parte, aquéllos derechos que corresponden a los derechos fundamentales: El derecho a la educación, a la libertad de conciencia, respeto a sus convicciones religiosas y morales, respeto a su integridad física y moral, etc., cuyos objetos han sido oportunamente tratados en otros apartados. Por otra parte, los derechos que corresponden a la persona del alumno como tal: derecho a recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad, a que su rendimiento escolar sea valorado conforme a criterios de plena objetividad, a participar en el funcionamiento y en la vida del centro, a recibir orientación escolar y profesional, etc.. En general, todos estos derechos están orientados a la realización de una actividad útil a la sociedad, la capacitación para el ejercicio de actividades profesionales, la preparación para participar activamente en la vida social y cultural, la formación para la paz, la formación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales, la adquisición de conocimientos científicos, técnicos, humanísticos y estéticos, etc..

Anterior Siguiente