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C. Sujeto
Son sujeto activo titular del derecho todas aquellas personas que padezcan algún tipo de minusvalía o incapacidad, ya sea física, ya sea psíquica, ya sea sensorial.

Corresponde, en consecuencia, aproximarnos al concepto de incapacitado o disminuido físico y mental.

La Declaración de los Derechos Humanos de los Impedidos, proclamada por la Asamblea general de las naciones Unidas el 9 de Diciembre de 1975, sostiene en su artículo 1º que el término "impedido" designa a toda persona incapacitada de subvenir por sí misma, en su totalidad o en parte, a las necesidades de una vida individual o social normal a consecuencia de una deficiencia, congénita o no, de sus facultades físicas o mentales.

El sujeto pasivo es:

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