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Garantías institucionales en el ámbito regional europeo
En el Parlamento Europeo y en Resolución del Consejo de Europa se ha llevado a cabo una condena de la discriminación por homosexualidad.

En el año 1988 el Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictó una importante sentencia referente a este derecho: el asunto Norris(7).

En ella se planteó el caso del Sr. Norris que se quejaba que había padecido una violación del derecho reconocido en el artículo 8 de la Convención europea de Derechos Humanos (referente al derecho a la vida privada en relación a la homosexualidad), por la existencia de una legislación penal irlandesa (la Offences against the Person Act de 1961 y la Criminal Law Amendment Act de 1885). En virtud de la aplicación de esa legislación el Sr. Norris, podía, en cualquier momento, ser detenido y perseguido penalmente(8).

El Tribunal Europeo estimó en su sentencia que "el artículo 25 [de la Convención europea de Derechos Humanos] habilitaba los particulares a sostener que una ley viola sus derechos por ella misma, en ausencia de acto individual de ejecución, si corren peligro de sufrir directamente sus efectos"(9).

El Tribunal Europeo estimó además en la sentencia, como en otra anterior, (Sentencia Dudgeon, de 22 de Octubre de 1981), que la tipificación penal de la homosexualidad entre adultos libres constituye en sí misma una ingerencia en la vida privada del individuo(10).

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