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La no discriminación por motivos de idioma tiene una relación
directa con los siguientes derechos:
Este derecho tiene también un especial valor en relación
a los derechos del detenido y a las garantías procesales:
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En el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos se establece
en el artículo 14.:
1º. Todas las personas son iguales ante los tribunales de justicia.
...
3º. Durante el proceso, toda persona acusada de un delito tendrá
derecho, en plena igualdad, a las siguientes garantías mínimas:
A ser informada sin demora, en un idioma que comprenda y en forma detallada,
de la naturaleza y causas de la acusación formulada contra ella.
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En el mismo sentido, la Constitución política del Perú,
en el artículo 233 referido a las garantías de la administración
de justicia señala en el apartado 15:
El derecho de toda persona para hacer uso de su propio idioma. Si es
necesario el juez o tribunal asegura la presencia de interprete.