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DEFINICION

Las garantías normativas, pueden ser definidas como aquel tipo de garantía jurídica de carácter institucional que viene constituidas por el reconocimiento por parte de las normas juridicas estatales ( especialmente por parte de las normas constitucionales) tanto de una serie de principios y valores que se consideran básicos e ineludibles a la hora del correcto funcionamiento del sistema jurídico, en cuanto que sistema de Estado de derecho, como de los concretos derechos humanos y de sus correspondientes instrumentos garantizadores.

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